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TRIBUNALES INCENDIO

Condenado a no residir 4 años en su pueblo por quemar 2.000 pacas a un vecino

Un Juzgado de Santander ha condenado a un hombre a que no se acerque en cuatro años y medio a su pueblo ni resida en esa localidad durante ese tiempo, tras considerarle autor de un delito de daños por incendio tras quemar en 2016 más de 2.000 pacas de un vecino.,La sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander admite la agravante de reincidencia para este hombre, que fue condenado antes por un delito de daños contra esos mismos vecinos, y le impone un año y och

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:14

Un Juzgado de Santander ha condenado a un hombre a que no se acerque en cuatro años y medio a su pueblo ni resida en esa localidad durante ese tiempo, tras considerarle autor de un delito de daños por incendio tras quemar en 2016 más de 2.000 pacas de un vecino.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander admite la agravante de reincidencia para este hombre, que fue condenado antes por un delito de daños contra esos mismos vecinos, y le impone un año y ocho meses de cárcel, aunque estuvo en prisión provisional un año, después de ser detenido por este incendio.

También le condena a pagar una indemnización de más de 61.000 euros al propietario de la hierba (más de 24.000 euros) y a una aseguradora.

En la sentencia, la titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander admite una atenuante de alteración psíquica, ya que señala que el hombre padece un trastorno de personalidad con rasgos esquizoides, "que afecta levemente sus capacidades volitivas e intelectuales".

La juez añade que en el momento de los hechos, su estado se presentaba "en forma de delirio sistematizado de persecución" centrado en la familia propietaria de los fardos de hierba, de la que era vecino.

La resolución considera probado que el acusado, en la madrugada del 23 de octubre de 2016, prendió fuego a 2.000 fardos y bolos de hierba ocasionando un incendio en una explotación agraria de Requejo, localidad del municipio cántabro de Campoo de Enmedio en la que residía.

El incendio, calificado de "virulento" por la juez, fue avivado por el viento sur, ocasionó un humo de gran densidad que afectó a las viviendas del entorno y no fue sofocado hasta días después.

La juez justifica la prohibición de residir a este hombre en su pueblo por la "gravedad y peligrosidad de los hechos", así como "las dolencias de manía persecutoria contra el ámbito familiar de los perjudicados".

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