• Viernes, 26 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

Cien años de la ley del descanso dominical en la prensa

La norma promulgada en 1920 dejaba un vacío informativo que ‘La Gaceta’, algo similar al BOE actual, ocupó publicando la ''Hoja del Lunes"

Cien años de la Ley del Descanso Dominical en la prensa

 EFE

COPE.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 03:39

La información no descansa nunca y aquí estamos nosotros para contársela. Los medios de comunicación trabajamos todos los días de año durante las 24 horas del día. Las puertas de los periódicos, radios y televisiones de nuestro país permanecen abiertas siempre. Son como un hospital de guardia de la información. Pero este horario continuo o infinito no fue siempre así. Hubo un tiempo en el que, en España, los domingos no había prensa. El famoso descanso dominical llegaba también para las empresas y agencias periodísticas. 

El lunes 22 de agosto de 1904 ‘La Gaceta’, lo que a día de hoy sería el Boletín Oficial del Estado, publicó una ley promulgada por el Gobierno de Maura que establecía el descanso dominical en varias profesiones. Una de ellas era la periodística, cuya aplicación impedía ejercer cualquier tipo de trabajo entre las doce de la noche del sábado y la misma hora del domingo. Dicha norma provocó el rechazo de la mayoría de las publicaciones nacionales. Pero pese a las críticas, en el año 1920, un Real Decreto de 15 de enero promulgado por el Ministro de la Gobernación, Joaquín Fernández Brida, volvía a imponer el descanso dominical. Una ley de la que tomaba buena cuenta el diario 'ABC':


Hoy publica la gaceta la siguiente Real orden: 

"Ilustrísimo señor: Dictado con fecha 15 del corriente el Real decreto que hace extensivos a las Empresas y Agencias periodísticas los beneficios de la ley de Descanso dominical, acudieron a este ministerio, en razonada instancia, no pocas personas directamente interesadas en la aplicación del precepto general que dicho Real decreto contienen, solicitando la adaptación de aquél las especiales condiciones de la Prensa periodística.

Amparada esta pretensión por lo dispuesto en el artículo 10 del reglamento de 19 de Abril de 1905 y oído el Instituto de Reformas Sociales, S. M. el Rey se ha servido a disponer lo siguiente: 

Primero. Los periódicos de la tarde y de la noche no publicarán en domingo ninguna edición ordinaria ni extraordinaria, suplementos ni boletines.

Segundo. Los periódicos de la mañana no publicarán los lunes ninguna edición ordinaria ni extraordinaria, suplementos ni boletines.

Tercero. Quedan prohibidos el reparto y venta de periódicos y revistas desde las doce de la mañana del domingo hasta igual hora del lunes.

Cuarto. Los trabajos en las redacciones y talleres se interrumpirá desde las siete de la mañana del domingo hasta igual hora del lunes.

Quinto. No se cursará ningún despacho de prensa, telegráfico o telefónico, ni se autorizarán conferencias de esta clase con noticias destinadas a la publicidad ni se consentirá la publicación de estas últimas por medio de transparentes o pizarras, desde las 6:00 de la mañana del domingo hasta igual hora del lunes.

Lo que del Real orden comunico para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 22 de Enero de 1920. - Fernández Prida. Señor subsecretario de este ministerio".


ctv-upx-captura-de-pantalla-2020-01-22-a-las-193007

La ausencia de prensa los lunes dejaba un claro vacío informativo durante un día completo, ya que, al no existir ni radio ni televisión, la prensa era la única ventana a la información. Para resolver este problema desinformativo, el 2 de septiembre de 1921, ‘La Gaceta’ comenzó a publicar la ''Hoja Oficial". Una hoja que sería enviada gratuitamente a diferentes lugares públicos. Así nacía la “Hoja del Lunes”.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo 2

Directo Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Escuchar
Directo TRECE Al Mediodía

TRECE Al Mediodía

Con Marco Chiazza y Lucía Crespo

Ver TRECE