Un exfiscal de la Audiencia Nacional desgrana las claves de la investigación al PSOE: "La prescripción del delito es de 10 años"
El jurista Juan Antonio García Jabaloy analiza en 'El Cascabel' de TRECE la complejidad del caso por blanqueo de capitales y las maniobras para dilatar el procedimiento
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El que fuera fiscal de la Audiencia Nacional, Juan Antonio García Jabaloy, ha analizado en el programa 'El Cascabel' de TRECE la investigación que dirige el juez Ismael Moreno sobre un presunto delito de blanqueo de capitales en el PSOE. El jurista ha desgranado la complejidad de una instrucción que afecta a las cuentas del partido desde el año 2017 y ha abordado las posibles estrategias de la formación para, presuntamente, entorpecer la labor de la justicia.
Una instrucción 'muy compleja'
García Jabaloy ha señalado que la investigación judicial es "seguro que es una instrucción muy compleja". Una de las primeras dificultades, según ha explicado, radica en que hay que aplicar una doble legislación debido al periodo investigado. El juez ha solicitado documentación desde 2017, lo que obliga a considerar dos normativas sobre la limitación de pagos en efectivo.
Concretamente, se trataría de la 'ley de prevención del fraude fiscal' (Ley 7/2012), que fijaba un límite de 2.500 euros para operaciones en efectivo, y la Ley 11/2021, que redujo ese umbral a 1.000 euros a partir del 11 de julio de 2021. A esta dualidad se suma la aplicación de la Ley Orgánica 8/2007 de financiación de partidos políticos, que "también prevé medidas específicas de limitación para el pago de efectivo".
La esposa del presidente del gobierno, Begoña Gómez, junto al exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán
Las tácticas dilatorias y la prescripción
Ante la posibilidad de que el PSOE alegue que no tiene obligación de guardar documentación económica de hace más de cinco años, García Jabaloy ha admitido que "legalmente está prevista esa limitación temporal de los 5 años", pero ha introducido un matiz clave. Como partido político, está sometido a la auditoría del Tribunal de Cuentas, por lo que la documentación podría existir en los archivos de este organismo fiscalizador.
Sobre la estrategia del PSOE, que parece resistirse a entregar toda la información requerida por el juez Moreno, el exfiscal ha afirmado que es "una táctica bastante habitual la de intentar dilatar un poco el procedimiento, hacerse, permítame la expresión, el remolón". Sin embargo, ha recordado que "al final, es la autoridad judicial la que te ordena hacer una cosa y la tienes que hacer". Ha precisado que la obligación de colaborar es total mientras no haya una figura de "investigado", calidad procesal que, hasta la fecha, no ostenta nadie en la causa.
Uno de los puntos más relevantes que ha aclarado el jurista es el de la prescripción del delito. Ha sido tajante al afirmar que el delito de blanqueo de capitales, tipificado en el artículo 301 del Código Penal, contempla penas de hasta seis años de prisión. Por ello, la prescripción aplicable no es la general de cinco años, sino "la reforzada de 10 años", por lo que "no se podría alegar la prescripción".
El exfiscal también ha recomendado una medida para salvaguardar la privacidad de los datos contenidos en la documentación solicitada. "Sería una buena opción que, por parte del magistrado, se adoptara una pieza separada para meter ahí toda esa información de datos personales, que efectivamente tienen que estar especialmente protegidos", ha sugerido.
La financiación de partidos, a examen
Preguntado por el sistema de pagos en efectivo que el exgerente del PSOE describió ante el juez, consistente en retirar dinero del banco para entregarlo en sobres a cargos del partido, García Jabaloy ha explicado su visión sobre la financiación de los partidos. Ha reconocido ser partidario de modificar la ley actual porque, aunque existen prohibiciones (donaciones anónimas, de empresas que contratan con la administración o finalistas), "no está prevista la limitación del pago de efectivo".
El punto crucial, según el experto, no es recibir dinero en metálico, sino qué se hace con él después. "Tú puedes recibir efectivo, lo que sucede que ese efectivo tú lo tienes que canalizar oficialmente a través de tus cuentas corrientes". Ha advertido de que la ocultación de esos fondos sí representa una ilegalidad manifiesta: "Porque si no lo haces y lo ocultas, eso es una ilegalidad y puede ser constitutivo de un indicio racional de criminalidad, a lo mejor de un delito de blanqueo de capitales".
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