El Vaticano amplía las indulgencias plenarias para los difuntos a todo el mes de noviembre

El nuevo decreto es una respuesta a la solicitud de numerosos obispos ante la actual "situación que prevé en muchos casos restricciones para evitar los contagios"

Europa Press

Tiempo de lectura: 2’

El Vaticano ha ampliado el periodo en el que se pueden obtener las indulgencias plenarias para los difuntos a todo el mes de noviembre para no crear aglomeraciones de fieles en los cementerios o en las iglesias, en coherencia con las disposiciones sanitarias para contrastar la pandemia de la covid-19.

Así lo ha puesto de manifiesto el Penitenciario Mayor, el cardenal Mauro Piacenza, en una entrevista con los medios del Vaticano. "Este año, en las actuales contingencias debidas a la pandemia de la covid-19, las indulgencias plenarias serán prorrogadas todo el mes de noviembre, con adecuación a las normas y condiciones para garantizar la incolumidad de los fieles", ha referido el purpurado italiano. El Vaticano ha integrado esta decisión en una respuesta a la solicitud de numerosos obispos ante la actual "situación que prevé en muchos casos restricciones para evitar los contagios".

ctv-sog-decreto-vaticano



Pensamiento particular para enfermos y ancianos

A través de la aprobación de un decreto de la Penitenciería Apostólica, el Vaticano ha extendido el periodo en el que los fieles estaban habilitados para ganar indulgencia plenaria por un difunto en todas las iglesias, oratorios públicos o --por parte de quienes los empleen legítimamente-- semipúblicos a todo el mes de noviembre. Antes de este decreto --según las disposiciones la Indulgentiarum Doctrina (Norma 15)-- las indulgencias podían lucrarse del 1 al 8 de noviembre.

El decreto afirma también que la indulgencia plenaria del 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten allí el "Padre Nuestro" y el "Credo", puede ser transferida no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno de los fieles.

Al referirse al pensamiento particular, en este Decreto, dirigido a enfermos y ancianos, el Purpurado indicó que los que no puedan salir porque se encuentren en “régimen de aislamiento”, o porque estén enfermos, podrán alcanzar la indulgencia rezando ante una imagen de Nuestro Señor o de la Santísima Virgen, orando, por ejemplo Laudes, Vísperas del Oficio de Difuntos, el Rosario, la Coronilla de la Misericordia, o las oraciones más habituales de cada tradición, o también podrán proceder a una lectura meditada del Evangelio en una de las tres Misas previstas para los fieles difuntos y, por supuesto, ofrecer obras de misericordia.

Religión