El Gobierno reconoce que la Iglesia no ha cometido irregularidades en la inmatriculación de bienes

El portavoz de la CEE, Mons. Argüello, ha recordado que estos bienes de la Iglesia "están al servicio del bien común"

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El Secretario General de la Conferencia Episcopal Española, Mons. Luis Argüello, ha valorado este martes la decisión del Consejo de Ministros de hacer público el informe sobre las inmatriculaciones de la Iglesia. En el documento se subraya que no existen irregularidades en las propiedades que la Iglesia habría registrado. Es decir, reconoce que la Iglesia ha inmatriculado sus bienes conforme a la legalidad.

El portavoz del organismo episcopal se siente agradecido por el "reconocimiento que se hace en el propio informe de que la Iglesia ha seguido la legalidad en la realización de este criterio inmatriculador".

El también obispo auxiliar de Valladolid ha precisado que la Iglesia "no quiere que esté a su nombre nada que no sea suyo". "Por eso si alguien viniese con mejor derecho y pudiera revisar la inmatriculación realizada, cada institución de la iglesia está dispuesta a hacer esa revisión si el derecho lo permite y las exigencias de la legalidad nos lo pide", señala.

En total, son 34.961 propiedades que las diferentes entidades eclesiales inmatricularon como propias entre 1998 y 2015, bienes de la Iglesia, ha recordado el secretario que "están al servicio del bien común a través de las actividades propias de la comunidad cristiana: en la liturgia, en la catequesis, en la caridad, y que muchos de ellos tienen también un extraordinario valor histórico, artístico y cultural que también desde los pequeños pueblos están al servicio de la sociedad para poder visitar, para poder realizar actividades que pongan en valor esta capacidad cultural y artística que nuestros bienes tienen".

Para finalizar, el Secretario General de la CEE ha hecho un llamamiento a la colaboración entre la Iglesia, la sociedad y las administraciones públicas, con el objetivo de que "el mantenimiento de estos bienes para su uso en la liturgia, en la acción de la Iglesia y el que pueda realizarse para el bien común, social, artístico y cultural pueda seguir realizándose".

La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, subrayó también este martes en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que "las inmatriculaciones que ha hecho la Iglesia católica se han producido al amparo de una situación legal".

¿QUÉ ES INMATRICULAR?

La Iglesia, el Pueblo de Dios, está formada en España por más de 40.000 instituciones, registradas legalmente, y con capacidad de poseer bienes. Cada una de esas instituciones diócesis, parroquias, comunidades religiosas activas o contemplativas, institutos seculares, sociedades de vida apostólica, etc. pueden tener sus bienes para realizar la misión que se les ha confiado. Lo pueden hacer como cualquier otra institución civil, social, deportiva, científica, académica que concurren en el espacio público y trabajan en el tejido de la sociedad.

Inmatricular es inscribir por primera vez un bien en el Registro de la Propiedad. Esto implica que no ha estado nunca ni en todo ni en parte inscrita, pues de lo contrario estaríamos ante el fenómeno de la doble inmatriculación. Para inmatricular un bien en el Registro de la Propiedad es necesario acreditar el título de propiedad, o bien realizar un expediente de dominio, o bien mediante certificación. La finca que accede por primera vez al Registro empieza con esta inscripción su historial y ha de ser necesariamente una inscripción del dominio de la finca. La inmatriculación de los bienes no otorga la propiedad. El registro, y por tanto la inmatriculación, tiene simplemente una función probativa o certificativa, lo que otorga seguridad jurídica, pero no tiene función constitutiva de la propiedad. Por esta razón, el sistema de inmatriculación prevé un período de 2 años de provisionalidad para corregir errores y presentar alegaciones.

En todo caso, y de haberse producido, siempre podrán corregirse errores en el proceso. El sistema de inmatriculación por certificación, vigente desde 1863 y hasta 2015 en el caso de la Iglesia, busca dar respuesta a la legislación desamortizadora del S. XIX (Mendizabal y Madoz), que había dejado a la Iglesia sin título de propiedad de muchos de sus bienes. Como además, desde el comienzo del Registro de la Propiedad en 1863 hasta 1998 la Iglesia no pudo registrar los lugares de culto. A partir de ese año se comenzó la inmatriculación, hasta 2015 también por certificación, y desde ese año sólo por los cauces ordinarios.

La Iglesia ha inmatriculado los bienes que durante siglos el pueblo “católico” ha construido y confiado a la Iglesia para que ésta pudiera realizar su labor. Además, la Iglesia tiene la obligación de custodiar y mantener los bienes que le han sido confiados afectándolos a sus fines propios y poniéndolos a disposición de la sociedad, con independencia y colaboración con los poderes públicos, al servicio del pueblo cristiano.

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