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Ayuntamiento Barcelona podrá expropiar solares que lleven 2 años sin edificar

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha hoy un registro municipal de fincas no edificadas que permitirá, en un plazo de inactividad de dos años, poder expropiar aquellos solares que no cumplan con la obligación de edificar y destinarlos a vivienda pública.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:59

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha hoy un registro municipal de fincas no edificadas que permitirá, en un plazo de inactividad de dos años, poder expropiar aquellos solares que no cumplan con la obligación de edificar y destinarlos a vivienda pública.

Según ha explicado hoy la teniente de alcalde, Janet Sanz, en rueda de prensa, esta nueva herramienta quiere garantizar que los propietarios de solares cumplan con su obligación de edificar en terrenos cualificados y, en el caso de que no lo hagan, el consistorio pueda ampliar el parque de vivienda pública "asequible".

Además, Sanz ha asegurado que con esta iniciativa quieren luchar contra la retención de solares con voluntad especulativa, a la vez que ha denunciado que "no puede ser que continúen vacíos y que se utilicen para especular".

La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha firmado un Decreto de Alcaldía, que se ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), que pone en marcha esta nueva medida.

Sanz no ha podido avanzar cuántos solares podrían ser destinados a vivienda pública en el caso de que no se procediera a la edificación por parte de la iniciativa privada, aunque ha asegurado que el ayuntamiento trabaja ahora en hacer una radiografía de cuál es la situación.

Además, ha asegurado que el ayuntamiento está corrigiendo una anomalía que, hasta el momento, imposibilitaba poder llevar a cabo esta opción, y es que no había datos ni fechas de ejecución establecidas, por lo que "no se podía obligar", ni llevar a cabo ninguna expropiación.

Así, este instrumento permitirá al municipio registrar a partir de ahora todos los solares vacíos, y, en un plazo de generalmente dos años, los propietarios tendrán que proceder a la edificación para evitar la expropiación.

Sanz ha aclarado que no se trata de una acción de compraventa y que, en el caso de llegar a la expropiación, el ayuntamiento pagará el valor que determine un juez.

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Pilar García Muñiz

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