El Gobierno vasco facilita el acceso al derecho subjetivo a una vivienda, ahora regulado por decreto

Con la flexibilización de los requisitos a los 8.200 perceptores actuales se podrían sumar otras 10.000 familias

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Iñaki Arriola, consejero de Vivienda del Gobierno vasco

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El derecho subjetivo a una vivienda en Euskadi ya estaba recogido en la ley vasca de vivienda de 2015, de hecho hay 8.200 vascos acogidos a él, pero aún estaba a la espera de un desarrollo vía decreto que ha viso la luz este martes.

El citado derecho permite acceder a una vivienda protegida de alquiler o recibir una prestación de 300 euros al mes para poder arrendar en el mercado libre si se cumplen unos requisitos que ahora el decreto aprobado por el Gobierno vasco flexibiliza.

Habrá que estar tres años en lugar de cuatro inscrito en Etxebide y los ingresos máximos ponderados pasarán de 9.000 a 13.000 para una persona, de 12.000 a 17.000 para dos y de 15.000 a 19.000 para tres o más miembros de la unidad convivencial. Otras de las exigencias que no se tocan son ser mayor de edad o persona menor emancipada, con un año de residencia efectiva, ininterrumpida e inmediatamente anterior a la solicitud, carecer de una vivienda, salvo excepciones en los casos que no reúnan condiciones mínimas de habitabilidad.

Cambios que, según el consejero de Vivienda, Iñaki Arriola, permitirá llegar mínimo a otras 10.000 familias.

Unificación de las prestaciones

Otra modificación importante es que se unifica la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), vinculada a la RGI, y la Prestación Económica de Vivienda (PEV) que gestiona el Departamento de Arriola. A quienes se les extinga a los dos años de vigencia la PCV pasarán a cobrar automáticamente la PEV durante un año, plazo en el cual deberán solicitar el derecho subjetivo a la vivienda. Este paso es relevante, es el potencial beneficiario del derecho quien ha de reclamarlo.

El decerto del Gobierno vasco también reconoce el derecho subjetivo a una vivienda a los perceptores del ingreso mínimo vital y de las ayudas de emergencia social.

Uno de los artículos del decreto, que entrará en vigor el 25 de octubre cuando se publique previsiblemente en el Boletín Oficial del País Vasco, regula el control, inspección y extinción de este derecho, que se mantendrá en el tiempo mientras subsistan las circunstancias que motivaron su reconocimiento.

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