• Viernes, 19 de abril 2024
  • ABC

COPE

Servicios Sociales

El ingreso mínimo vital es compatible, además de con la Risga, con la renta social municipal de Pontevedra

La concejala de Bienestar Social de Pontevedra ha aclarado en COPE que las ayudas son complementarias.

Audio

Imagen de entrega de alimentos en una de las Cáritas parroquiales de Barcelona.

Silvia VieitoPontevedra

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 18 jun 2020

A preguntas de COPE, la concejala de Bienestar Social de Pontevedra, Paloma Castro, ha confirmado que la renta social municipal que está en marcha en la ciudad es compatible con el ingreso mínimo vital aprobada por el Gobierno central, según se recoge en el Capítulo V del real decreto publicado este lunes, en el que se habla de la cooperación entre las administraciones públicas.

"O que establece o real decreto é a compensación -entre unha renda e outra-, uns ingresos mínimos de subsistencia para garantir dereitos fundamentais. Entón, a partir de aí, ao que non chegue unha renda municipal, compensarase cunha renda mínima vital ou, ao que non chegue un Risga -renda de inserción social de Galicia-, compensarase con iso ou mesmo está previsto para salarios moi baixos, que están a media xornada e non chegan ao salario mínimo", ha aclarado la edil socialista.

CÁRITAS VE EL INGRESO MÍNIMO COMO DECISIVO CONTRA LA POBREZA SEVERA

La necesidad de una renta mínima estatal era una medida demandada por Cáritas desde hace años –es una de las 8 Propuestas políticas presentadas ante las últimas elecciones legislativas— y cuya necesidad había sido planteada de manera reiterada tanto por la Fundación Foessa como por el sector social en su conjunto.

Por propia experiencia, desde Cáritas indican: "sabemos el alivio que esta medida va a suponer para las extremas condiciones de vida de cientos de miles de hogares españoles –muchos de ellos acompañados por Cáritas— que carecen de ingresos y que podrán acceder a partir de ahora a una medida protectora capaz de garantizar sus derechos básicos. Como se señala expresamente en la Exposición de Motivos del decreto, el ingreso mínimo vital 'actuará como un seguro colectivo frente a los retos que nuestras sociedades enfrentarán en un futuro próximo'”.

CARENCIAS DEL INGRESO MÍNIMO VITAL SEGÚN LA ONG DE LA IGLESIA

Según ha señalado Cáritas en un comunicado, el Real Decreto deja, sin embargo, algunos aspectos sin resolver, que van a dejar fuera del ingreso mínimo vital (IMV) a personas que deberían poder acceder a él. Señalan varios de estos déficits:

– El ingreso mínimo vital excluye a las personas en situación administrativa irregular, a pesar de que la propia Ley Orgánica de Extranjería reconoce su derecho a acceder a prestaciones sociales básicas. Cáritas lamenta profundamente esta grave omisión, porque, como sabemos por nuestro trabajo diario, son personas que viven, trabajan y contribuyen a la sociedad española, y que se encuentran actualmente en situación de gran precariedad. Nos preocupa la situación de las familias migrantes, que van a caer en situación de irregularidad sobrevenida y., en especial, los menores de esas familias que no van a estar protegidos en condiciones de igualdad con otros niños y niñas de nuestro país por el mero hecho de que a sus padres les falta un papel.

– Alertamos también sobre la restricción que detectamos en el acceso a las personas jóvenes. No compartimos que no se pueda acceder al ingreso mínimo a partir de los 18 años, especialmente en el caso de los jóvenes que salen del sistema de protección de menores. Incluso en el caso de que se pueda solicitar a partir de los 23 años, será casi imposible acceder a esta protección dados los requisitos que se exigen, como, entre otros, haber vivido de forma independiente durante 3 años, algo que, en el contexto actual, es sumamente complicado para las personas jóvenes.

– La limitación a dos unidades de convivencia en un mismo domicilio supone desconocer la realidad de muchas familias que, ante la dificultad en el acceso a la vivienda y como estrategia de supervivencia, tienen que compartirla, con lo que superan el límite fijado por el Real Decreto.

– La vinculación que se establece entre el empleo y la obligación de constar como demandante de empleo supondrá que las personas que, por sus especiales circunstancias (enfermedades crónicas, por ejemplo), tengan dificultades de inclusión en el mercado laboral no podrán acceder a la prestación.

– Nos preocupa, asimismo, que se queden fuera de esta prestación las personas que estén residiendo de forma permanente en lugares con financiación pública. Sabemos que hay personas en situación de exclusión que participan en proyectos de inclusión en espacios residenciales y que serían claros destinatarios del ingreso mínimo vital.

  • Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado

Como ejemplo, para un adulto solo, el nivel de renta garantizada por el ingreso mínimo vital será de 5.538 euros al año, es decir, 461,5 euros al mes, por lo que aquella persona que no disponga de ningún ingreso, recibirá al mes los 461,5 euros, mientras que para quien tenga unos ingresos de 451,5 euros al mes, la prestación será de 10 euros mensuales.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar