Un juzgado de Ferrol obliga a una entidad financiera a devolver más de 11.400 euros por un crédito 'revolving'

Con una TAE que llegaba al 24,51% y un mecanismo de amortización que podía prolongar indefinidamente la deuda

Foto de archivo de un grupo de tarjetas

Foto de archivo de un grupo de tarjetas

Javier García

Ferrol - Publicado el

1 min lectura

Un juzgado de Primera Instancia de Ferrol ha condenado a una entidad financiera a devolver un total de 11.445,53 euros a un cliente al declarar la nulidad de un contrato de crédito 'revolving' por falta de transparencia en sus condiciones.

La sentencia recoge que el contrato incluía un sistema de crédito 'revolving' con una TAE que llegaba al 24,51% y un mecanismo de amortización que podía prolongar indefinidamente la deuda, ya que destinaba gran parte de las cuotas al pago de intereses en lugar de reducir el capital pendiente.

También indica que no consta que el cliente recibiera información precontractual suficiente y clara sobre el funcionamiento del sistema 'revolving', sobre sus riesgos, la capitalización de intereses y la posible prolongación indefinida de la deuda.

La entidad financiera ya consignó en la cuenta del juzgado 11.445,53 euros, cantidad que corresponde al saldo resultante tras la liquidación de las cantidades cobradas indebidamente al consumidor.

El procedimiento fue dirigido por el despacho Oulego Abogados y Consultores, que remarca que las tarjetas y créditos 'revolving' "generaron miles de situaciones de endeudamiento prolongado porque el cliente paga durante años sin reducir prácticamente la deuda".

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