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La planta de Alu Ibérica en A Coruña encara la liquidación y se abre la puerta a la venta

Un juzgado de lo Mercantil ha aprobado el plan presentado por la administración concursal

Cartel de Alu Ibérica en A Coruña con una pintada

Cartel de Alu Ibérica en A Coruña con una pintada

A Coruña

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:46

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña ha acordado aprobar el plan de liquidación de la empresa Alu Ibérica. Afecta a los bienes y derechos de la masa activa englobada en el concurso voluntario en el que se encontraba desde hace meses.

El plan, según el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG), se ha aprobado en los términos en que ha sido presentado por la administración concursal, pero con algunas precisiones. Además, ha declarado expresamente que no hay sucesión de empresa. Contra el auto cabe presentar recurso.

CUBRIR LAS DEUDAS CON LA VENTA

En el caso de vender las instalaciones, el auto señala que “el precio mínimo durante los dos primeros meses no podrá ser inferior al 50% del valor dado en el inventario a la unidad productiva”. Transcurrido este tiempo y durante los dos meses siguientes, el precio mínimo de venta “no podrá ser inferior a 75 millones de euros”. Dos meses más tarde, el plazo “no podrá ser inferior al importe a que asciendan los créditos concursales y contra la masa pendientes de pago en aquel momento”.

La jueza sí ha autorizado la pretensión de aumentar hasta el 15 % del porcentaje de diferencia entre ofertas que permita adjudicar la unidad productiva “al interesado que asuma un compromiso de generación de empleo o que garantice la continuidad de una actividad industrial en las instalaciones de la concursada”. No obstante, precisa que “en ningún caso el precio resultante de tomar en consideración esa oferta inferior, pero que garantice puestos de trabajo en mayor medida, podrá suponer que se acepten ofertas que no cubran la totalidad de los créditos concursales y contra la masa previsibles en el momento de la realización”.

PUESTOS DE TRABAJO

Además, asegura que “la preferencia solo se producirá cuando el oferente se comprometa a un mantenimiento (no en sentido estricto) de al menos 100 puestos de trabajo”. Así, subraya que, “teniendo en cuenta que hablamos de una empresa en la que el ERE ha afectado a más de 300 personas”, el compromiso de contratación “de cualquier número de trabajadores” no puede justificar “la realización por un precio inferior”.

Los ofertantes de la unidad productiva, según establece en el auto, deberán “constituir un depósito del 2 % del valor/precio mínimo o de referencia”. En cuanto a la solicitud de acelerar el procedimiento de venta y que el plazo de presentación de ofertas comience en cuanto el auto sea firme, la magistrada indica que “no puede acogerse”, pues la apelación “no produce efectos suspensivos”

Además, en el caso de que se planteara, “se dilataría en exceso la realización de los bienes”. No obstante, recuerda que los plazos se modifican “en el sentido de que el plazo total será de seis meses, pero se irán abriendo plazos sucesivos de dos meses hasta un total de seis meses”.

EN CONCURSO DESDE NOVIEMBRE

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña declaró en noviembre de 2021 el concurso de Alu Ibérica LCy, en febrero de este año, acordó la apertura de la fase de liquidación. La extinción de la totalidad de los contratos de trabajo de los trabajadores de la concursada, cuya actividad industrial está paralizada desde agosto de 2021, fue acordada el pasado mes de mayo.

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