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¿Cómo votar por correo para las elecciones gallegas y vascas?

El 5 de abril se vota en Galicia y País Vasco. Te explicamos paso a paso cómo ejercer tu derecho vía postal 

Papeletas electorales

Papeletas electorales

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 16:52

Las elecciones para el Parlamento de Galicia y el del País Vasco se han adelantado y se celebrarán el domingo, 5 de abril. Ya se ha abierto el plazo de voto por correo para ambas convocatorias, que coinciden con Semana Santa. Los ciudadanos que quieran ejercer su derecho a voto por correo pueden solicitarlo hasta el día 26 de marzo. Votar por vía postal requiere pasar, como mínimo, dos vecespor las oficinas de Correos.

¿Qué pido en Correos?

El primer paso es solicitar el Certificado de Inscripción en el Censo Electoral del País Vasco o Galicia en cualquier oficina de Correos de España. La solicitud, que es un requisito imprescindible para votar por correspondencia, debe ser realizada de forma personal por cada elector en cualquier oficina de Correos de España. 

¿Qué documentación necesito?

Para pedir el voto por correo, los interesados deben presentar ante el empleado de la oficina postal su DNI, pasaporte o carnet de conducir originales. No valen fotocopias.

¿Cuándo recibo las papeletas?

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales correspondientes de la Ofiicina del Censo Electoral. Estas enviarán, entre el 16 y el 29 de marzo, la documentación necesaria para ejercer el voto por correo al domicilio del interesado. Si tras dos intentos el cartero no puede realizar la entrega, el votante puede recogerlas en la oficina postal correspondiente

¿Cómo voto?

El elector deberá presentar el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre que incluirá la papeleta elegida, en cualquier oficina postal de España. El envío es gratuito, aunque será cursado como correo certificado y urgente.

¿Y si estoy enfermo?

En caso de enfermedad o discapacidad acreditadas mediante certificación médica oficial, otra persona puede formular esa petición con una autorización notarial o consular.

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