Piden apartar a los jueces del caso del hermano de Pedro Sánchez por presunta pérdida de imparcialidad

La defensa de una acusada alega que los magistrados emitieron un "juicio anticipado" en la causa que afecta a David Sánchez

La jueza ve insuficientes los indicios para aplicar esa medida

Jero Morales


Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La defensa de Juana Cinta Calderón Zazo, una de las acusadas en el caso que investiga el puesto de David Sánchez Pérez-Castejón en la Diputación de Badajoz, ha solicitado formalmente apartar a los tres magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz que deben juzgar la causa. El escrito de recusación alega una presunta pérdida de imparcialidad por parte de los jueces José Antonio Patrocinio Polo, Emilio Francisco Serrano Molera y Dolores Fernández Gallardo.

Un auto, origen de la controversia

El motivo de la recusación es un auto judicial de 62 páginas emitido por estos mismos magistrados el pasado 23 de septiembre de 2025. En dicha resolución, desestimaron un recurso de apelación de Calderón Zazo, pero, según la defensa, lo hicieron con una “amplísima motivación poco frecuente” que revela un posicionamiento previo sobre el fondo del asunto.

El escrito de recusación enumera hasta siete afirmaciones de los magistrados que, a su juicio, contaminan su neutralidad. Entre ellas, se destaca que calificaron como una “decisión claramente contra legem” la supresión de la incompatibilidad del puesto ocupado por David Sánchez, un pronunciamiento que para la defensa supone un prejuicio “sólidamente adquirido”.

Los magistrados también afirmaron que el cambio de nombre del puesto “encubría en realidad la creación de un puesto nuevo” y calificaron la finalidad de la modificación como “torticera”. Para la defensa, usar este adjetivo prejuzga el elemento subjetivo del delito antes de la celebración del juicio, al igual que describir el informe de legalidad de la acusada como un “intento de justificación”.

Vulneración del derecho a un juez imparcial

La defensa fundamenta su petición en el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías y a un juez imparcial, recogido en el artículo 24.2 de la Constitución Española. El escrito argumenta que los magistrados, al haber resuelto un recurso previo, han tenido un contacto con el material probatorio y han realizado valoraciones que comprometen su imparcialidad objetiva.

Según el texto, "los firmantes del Auto de 23 de septiembre de 2025 han tomado claramente postura en relación con el fondo del asunto". El documento añade que "si se cambiara el nombre de la resolución de Auto a sentencia, perfectamente se podría haber sustentado, con los mismos argumentos, un fallo condenatorio".

El escrito también hace referencia a la doctrina del Tribunal Supremo, que recomienda que diferentes salas se encarguen de la instrucción y del enjuiciamiento para evitar cualquier tipo de contaminación. La defensa concluye que las dudas sobre la imparcialidad de los magistrados están “objetivamente justificadas” y que, por tanto, deben ser apartados del juicio.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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