Así quedan los nuevos aforos para celebraciones y actividades deportivas, culturales y turísticas en Valencia
Siguen prohibidas las celebraciones populares pero se amplían aforos en hoteles y instalaciones deportivas
Ana Matamales
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Actualizado 22:03
La Generalitat ha anunciado la ampliación de los horarios para la hostelería y el comercio hasta las 22 horas, coincidiendo con el toque de queda. Pero además, también ha ampliado el aforo de las celebraciones y actividades deportivas, culturales y turisticas.
?? Actualización Medidas #COVID19 en la Comunidad Valenciana
— Generalitat (@generalitat) April 22, 2021
?? Hostelería y restauración hasta las 22h
??? Comercio hasta las 22h
?? Aumento de aforo en cultura, ceremonias y celebraciones
?? Prorrogadas el resto de medidas
??? Del 26 de abril al 9 de mayo pic.twitter.com/aHiX4BjO97
No obstante, se mantiene la prohibición de fiestas populares, desfiles o espectáculos itinerantes. Sin embargo, los eventos que puedan implicar aglomeración de personas se realizarán con las siguientes medidas:
1) Interiores: 75% de aforo y 500 personas de máximo.
2) Exteriores: 75% de aforo y máximo 1.000 personas.
Se pueden establecer cuatro sectores con servicios de baño, entrada y salida y hostelería diferenciados con 500 personas por sector.
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- Distancia entre asientos de 1,5 metros.
- Entradas y salidas escalonadas.
- Ni alimentos ni bebidas (excepto agua) fuera de la zona de restauración.
- No se puede fumar ni dispositivos electrónicos de inhalación o similares.
MODIFICACIÓN DE AFOROS
Pasan del 30% al 50% los aforos de:
- Ceremonias y celebraciones religiosas o no. (Además, se suprime el máximo de personas).
- Zonas comunes de hoteles, albergues, casas rurales y otros alojamientos.
- Actividades de ocio educativo, educación de tiempo libre, escuelas de animación juvenil.
- Actividades deportivas y eventos con público (excepto entrenamientos que se mantienen sin público). Máximo 1.000 personas en instalaciones abiertas y 500 en cerradas. (La participación de deportistas será de 300 en instalaciones cerradas y 1.000 en abiertas)
- Piscinas, playas y Spa.
Pasan del 50% al 75%:
- Pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos.
- Cines, autocines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salar de artes escénicas y circos.
- Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y otros equipamientos culturales.
- Enseñanzas artísticas regladas en conservatorios y centros autorizados. No regladas en escuelas de música o danza y actividad formativa de agrupaciones musicales en general.
- Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada.
- Establecimientos y locales comerciales y de servicios profesionales.
- Mercados de venta no sedentaria.
Grupos de 20 personas en recintos abiertos y de 10 en recientos cerrados. Afecta a:
- Visitas guiadas
- Guías turísticos
- Actividades de tiempo libre y parques infantiles
- Práctica de la actividad física tanto individual como dirigida por un profesional.
En el caso de locales de ocio, podrán ejercer si su licencia lo permite, actividades de restauración y hostelería en las mismas condiciones que regulan las actividades de ocio y hostelería.
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