• Viernes, 26 de abril 2024
  • ABC

COPE

MÁS RESTRICCIONES

A partir de ahora las mascarillas son obligatorias en playas aunque mantengamos distancia de seguridad

Las multas por no llevarla son de 100 euros, aunque en función de si hay reincidencia o resistencia a la autoridad, podrían ir de 600 a 30.000 euros.

ctv-tae-mascarilla-en-playa

Redacción Digital Valencia

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:31

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Proyecto de Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, conocida como ley de 'nueva normalidad', que fue aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados.

Entre las medidas contempladas en el texto, que entrará mañana miércoles en vigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, incluso aunque se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Eso si, la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible. Es decir que -de momento- no es obligatoria cuando los bañistas se adentren en el agua para el corresponiente chapuzón.

Hasta ahora llevar mascarillas sólo era obligatorio en espacios públicos al aire libre cuando no se podía mantener una distancia social de dos metros.

La mascarilla debe cubrir la boca, la nariz y la barbilla y todo lo que no sea llevarla así, como ponerla por debajo de la nariz, en la barbilla o en la frente, es un mal uso. Además, es muy importante saber que no se debe quitar para hablar, toser o estornudar.

Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Y las multas por no llevarla correctamente son de 100 euros, aunque en función de si hay reincidencia o resistencia a la autoridad, podrían ir de 600 a 30.000 euros.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar