¿Puede tu jefe llamarte en vacaciones? Esto dice la ley acerca de la desconexión digital y los diferentes casos que pueden darse
El derecho a la desconexión digital, recogido en la ley, protege a los trabajadores durante sus periodos de descanso, pero también abre la puerta a ciertas excepciones

Castilla y León - Publicado el
2 min lectura
Imagínese estar tumbado en la playa, con el móvil en silencio, y de pronto ver cómo aparece en la pantalla el nombre de su jefe. ¿Debe contestar? ¿Puede la empresa interrumpir su descanso para pedirle un dato o informarle de algo urgente? La escena es más común de lo que parece y la respuesta no siempre es sencilla.

Desconexión digital en veranoR
En la sección 'La Lupa Legal', en el que cada miércoles, Portilla Arnáiz Abogados analiza cuestiones jurídicas en 'Herrera en COPE en Burgos'. El abogado Roberto Portilla lo explica así: “Hemos hablado ya en ocasiones de este derecho que se conoce vulgarmente como el derecho de desconexión digital, entendido como aquel supuesto en virtud del cual, estando en un periodo de baja, vacaciones o con algún tipo de derecho que te mantiene fuera de tu entorno laboral, se prohíbe la posibilidad de conectar con el trabajador”.
¿Me pueden llamar del trabajo si estoy de vacaciones?
Este derecho está recogido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, que protege la vida personal y familiar de los empleados. Pero no todo está tan claro: ¿qué ocurre si la empresa necesita informar de algo importante que no puede esperar?
Según Portilla, ahí entran en juego los acuerdos colectivos y las políticas internas de cada compañía: “Lo importante es ver si, a través de la negociación colectiva, existen acuerdos en virtud de los cuales se establezcan las medidas concretas para el disfrute de este derecho y si se contemplan excepciones en determinadas circunstancias”.

El truco definitivo para lograr la desconexión digital durante tus vacaciones de verano: cómo lograrlo de manera eficaz
Un ejemplo son los mensajes informativos que se envían de forma general, sin esperar respuesta. “Si se envían informaciones genéricas, que afectan a la colectividad y no al caso particular, no hay problema, siempre que no se exija una respuesta inmediata”, señala.
El conflicto aparece cuando lo que se busca es una respuesta individual. En esos casos, Portilla recomienda que la empresa lo regule previamente: “Es importante que el trabajador sepa que, aunque tenga derecho a la desconexión digital, ha aceptado que en determinadas circunstancias el empresario pueda contactar con él para preguntar algún dato muy concreto que no puede esperar”.
importantes sanciones por no respetar la desconexión digital
No respetar esa desconexión puede salir caro. “El incumplimiento empresarial de este derecho puede conllevar infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, con sanciones que pueden oscilar entre 7.500 y 30.000 euros”, advierte.

Por lo tanto, el derecho a la desconexión digital protege a los trabajadores, pero deja un margen para las empresas si existe una regulación interna transparente. Como resume Portilla, “es importante que exista una política interna que determine cómo y de qué manera se puede contactar con el trabajador, para que este sepa cuándo no tiene que contestar y cuándo sí puede tener la obligación de hacerlo”. Vacaciones sí, pero con reglas claras para que el descanso no se convierta en una extensión de la oficina.