Caso Pioz: El TS eleva de una a tres las prisiones permanentes revisables impuestas a Patrick Nogueira

Se suman a una cuarta, de 25 años de prisión, por los asesinatos de su tío, la esposa de éste y los dos hijos de ambos, en agosto de 2016

Francois Patrick Nogueira, asesino cuádruple de Pioz, Guadalajara

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a 3 penas de prisión permanente revisable y una cuarta de 25 años de prisión a Francois Patrick Nogueira, por los asesinatos de su tío, la esposa de éste, así como los dos hijos de ambos, un niño de 18 meses y una niña de 3 años y 10 meses, cometidos entre el 17 y 18 de agosto de 2016 en la vivienda de Pioz, donde residían las víctimas.

El Alto Tribunal estima el recurso de la acusación particular, que fue apoyado por la Fiscalía, en relación a la condena de los asesinatos de los menores y eleva la de 25 años de prisión por cada uno de ellos que estableció el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, atendiendo a la hiperagravación derivada de la especial vulnerabilidad de ambas víctimas.

Además, el TS confirma el resto de penas establecidas por la sentencia de apelación, que eran de 25 años de prisión por el asesinato alevoso de la mujer y prisión permanente revisable por el asesinato alevoso del hombre, al ser el último de los cometidos, ya que fue de aplicación en su caso el artículo 140.2 del Código Penal, que aplica esta pena al reo de asesinato que hubiese sido condenado por la muerte de más de dos personas.

Caso Pioz

La sentencia del Alto Tribunal llega tras desvanecer toda duda sobre la posibilidad de imponer penas de prisión permanente en los casos de asesinatos de menores o personas especialmente vulnerables y vuelve a imponer esas dos PPR al rechazar que vulnere el principio de derecho penal (non bis in idem). Recordamos que, en la primera sentencia sobre este tipo de pena, el Supremo mantuvo que la deficiente redacción del Código Penal impedía aplicarla en la mayoría de esos supuestos.

Sobre el artículo que prevé la prisión permanente para ciertos tipos de asesinato, la sentencia afirma: "Y ese enunciado -pese a sus deficiencias técnicas- es algo más que un mecanismo de protección de las personas a las que el autor mata prevaliéndose de su imposibilidad de defensa [...] El legislador ha seleccionado entre las distintas modalidades de asesinato en las que el autor se aprovecha de la natural incapacidad de reacción defensiva de la víctima, un grupo social muy singular, a saber, el de las personas más vulnerables y, precisamente por ello, más necesitadas de protección. Conforme a la interpretación que ahora postulamos, la muerte alevosa de un niño siempre será más grave que la muerte alevosa de un mayor de edad que es asesinado mientras duerme o se encuentra bajo los efectos de sustancias que le obnubilan".

Asesino de Pioz, Francois Patrick Nogueira

En definitiva, la sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo impone a Francois Patrick Nogueira tres prisiones permanentes y una condena de 25 años de prisión. Además, se ratifica la decisión de la sentencia del TSJ de que, para progresar al tercer grado, el condenado deberá haber cumplido un mínimo de 22 años de prisión y que la suspensión de la ejecución del resto de las penas requerirá de un mínimo de 30 años de cárcel.

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