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Tramos de IRPF en 2022: cuánto te retienen, según tu sueldo

El Gobierno decidió en 2021 una subida de los tramos de IRPF argumentando que afectan, sobre todo, a las rentas más altas

Tramos de IRPF en 2022: cuánto te van a retener este año según tu sueldo

Sevilla

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 17:35

Son muchos los que deben tener en cuenta que este año hay una subida de impuestos a las rentas más altas, cambios que van a notar en este ejercicio fiscal.

Lo que cambian son los tramos del IRPF que recordemos es el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, un tributo personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural por un trabajador o contribuyente.

Como norma general hay que destacar que lo que cada persona paga está directamente relacionado con los ingresos que percibe y con sus circunstancias personales y familiares.

El IRPF se divide en base imponible, cantidad a la que se aplica el impuesto, y la base liquidable. Sobre la primera se aplican las deducciones (la mayoría reguladas por las comunidades autónomas), y sobre la segunda se aplica el tipo de gravamen regulado por los tramos.


Tramos IRPF 2022

Esos tramos de cara a este 2022, que ya estamos en su último cuatrimestre, van a afectar a los patrimonios más elevados, aunque recordemos que cumplir con Hacienda es obligación de todos los contribuyentes salvos las rentas mínimas que pueden estar exentas.

Según los datos del Gobierno la mayor subida la van a sufrir unos 36.000 contribuyentes, es decir, un 0,17% del total.

Para las rentas del trabajo a partir de los 300.000 euros, la subida será de dos puntos porcentuales para el nuevo tramo.

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Aquellos con nóminas por encima de los 200.000 euros, la subida será de tres puntos.

Los tramos IRPF para 2022 quedan, por tanto, de la siguiente manera:

  • Hasta 12.450 euros: 19%
  • De 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%
  • De 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%
  • De 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%
  • De 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%
  • De rentas superiores a 300.000 euros: 47%






Cómo calcular la base imponible del IRPF

Los expertos de Nationale-Nederlanden explican con detalle los conceptos que debemos conocer para entender nuestras retenciones. Así señalan que la base imponible del IRPF es la “suma” de las rentas obtenidas por un sujeto en el ejercicio económico en curso.

Hay diferentes rentas según su origen:

Rentas procedentes de rendimientos: son fuentes de renta como consecuencia del trabajo, del capital y de actividades económicas.

Rentas procedentes de ganancias y pérdidas patrimoniales: no son rentas, sino variaciones del patrimonio que se producen cuando se compran y venden bienes (diferencia entre valor de compra y de venta).

Rentas imputadas: es el caso más complejo, relativo a rentas inmobiliarias, rentas en régimen de transparencia fiscal internacional, rentas por cesión de derechos de imagen y rentas por participar en instituciones de inversión colectiva en paraísos fiscales.

Por tanto lo primero que se necesita para calcular la base imponible es determinar las rentas percibidas y sumar todas las cantidades. Para la mayoría de las personas, este ejercicio constará de sumar rentas procedentes de rendimientos y de variaciones patrimoniales, por ganancias o pérdidas.

Por ejemplo, un trabajador que cobra 2.000 euros brutos al mes en 12 pagas y no percibe ninguna otra remuneración más, suma una base imponible de 24.000 euros brutos al año. Si además tuviera un piso alquilado por 500 euros al mes, su base imponible en el ejercicio sería de 30.000 euros (salario + renta alquiler).

Además la Ley contempla, dos tipos de bases imponibles que hay que tener cuenta porque cada una de ellas tributará a un tipo diferente:

Base imponible general: la correspondiente a rendimientos del trabajo, actividades económicas, determinados rendimientos del capital mobiliario e ingresos procedentes de entidades en atribución de rentas. Tributa al tipo general, que para el ejercicio 2021 se sitúa entre el 19 y el 47%, en función de la base.

Base imponible del ahorro: por rendimientos de capital mobiliario (por pago de intereses en cuenta corriente, dividendo de acciones, ganancias y pérdidas patrimoniales). Tributa a un tipo fijo, que, a partir de este año 2021, se sitúa entre el 19 y el 26%.

Continuando con el ejemplo anterior, si el contribuyente además del salario y la renta por el alquiler tiene unos ingresos procedentes de productos de ahorro de 5.000 euros (por ejemplo, de un dividendo de acciones), deberá tener en cuenta dos tipos de bases imponibles:

Base imponible general: la correspondiente a sus rendimientos del trabajo y rendimientos del alquiler: 24.000 + 6.000 = 30.000 euros.

Base imponible del ahorro: la correspondiente a los rendimientos procedentes del pago de dividendo de acciones: 5.000 euros.

A la base imponible se le pueden aplicar una serie de deducciones, cuya cuantía varía en función del perfil del contribuyente. Por ejemplo, una familia numerosa tiene derecho a una deducción de 1.200 a 2.400 euros según el carácter de familia numerosa.

También se deducen de la base imponible las aportaciones a sistemas de previsión social como los planes de pensiones (que a partir del ejercicio 2021 se han limitado de manera general a un máximo de 2.000 euros).



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