José Carlos Cutiño, portavoz de la OCU, explica qué hacer si tu coche o casa sufren daños por el temporal: “Lo primero es documentar el daño y probar la causa”
Saber si el viento superó los 120 km/h y documentar los desperfectos son los primeros pasos para determinar si la factura la asume tu seguro, el Consorcio o el ayuntamiento

Escucha aquí a José Carlos Cutiño, portavoz de OCU Andalucía
Sevilla - Publicado el - Actualizado
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Las recientes borrascas han dejado a su paso un rastro de daños en vehículos y viviendas, generando una duda recurrente entre los afectados: ¿quién se hace cargo de la factura? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), a través de su portavoz, José Carlos Cutiño, ha arrojado luz sobre los pasos a seguir y las responsabilidades en cada caso.
El primer paso: documentar los daños
Lo primero y más importante, según el experto de la OCU, es "documentar el daño". Es fundamental realizar fotografías que muestren el vehículo o el inmueble afectado junto al elemento que ha causado el desperfecto, como la rama o el árbol caído, para que quede constancia.

Árbol caído sobre vehículo
Además, es muy recomendable "pedir la presencia de la policía local para que levanten un atestado", ya que este informe oficial servirá como prueba clave. Una vez recopilada esta documentación, el siguiente paso es ponerse en contacto con la compañía de seguros para que asista durante todo el proceso de reclamación.
El viento y los 120 km/h: la clave de la cobertura
La resolución de la reclamación depende de si el siniestro se considera un "riesgo extraordinario". Para que así sea, deben haberse registrado rachas de viento superiores a los 120 kilómetros por hora, un dato que debe ser acreditado mediante un certificado oficial de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).
Si se supera este umbral de viento, la cobertura corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros. En esta situación, la OCU aconseja solicitar la colaboración de la propia aseguradora para facilitar y agilizar los trámites, que pueden ser complejos.
Cuidado, porque puede ocurrir que las ráfagas, aun siendo muy fuertes, se queden en 110km/h."
Sin embargo, el portavoz de la OCU advierte: "cuidado, porque puede ocurrir que las ráfagas, aun siendo muy fuertes, se queden en 110". En estos escenarios, la responsabilidad recae en el titular del mantenimiento del elemento que ha provocado el daño.
Si el daño lo causa un árbol o una farola de la vía pública, el responsable es el Ayuntamiento. La reclamación se realiza a través de un procedimiento de responsabilidad patrimonial de la administración, un camino que, según Cutiño, requiere "echarle paciencia", pues la administración tiene hasta seis meses para resolver y el caso podría acabar en los tribunales.
Tu seguro a todo riesgo, la vía más rápida
Existe una alternativa mucho más ágil para quienes disponen de un seguro a todo riesgo con cobertura de daños propios o una póliza específica para rotura de lunas. En estos casos, se puede reclamar directamente a la compañía aseguradora.
En menos de 40 días tiene que tener tramitada la indemnización"
Esta vía simplifica enormemente el proceso, ya que la aseguradora debe gestionar la compensación con rapidez. Como señala Cutiño, "en menos de 40 días tiene que tener tramitada la indemnización". Posteriormente, será la propia compañía la que se encargue de reclamar el importe al tercero responsable.
Esta misma lógica se aplica a los daños en inmuebles. Por otro lado, aunque la lluvia en sí no es un riesgo extraordinario, las inundaciones causadas por la lluvia sí lo son, y en ese caso el Consorcio también ofrecería cobertura, siempre que todos los hechos queden debidamente acreditados con pruebas como partes meteorológicos, testigos y fotografías.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.




