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Caso Julen: ¿Puede una persona declararse en concurso de acreedores?

El dueño de la finca se ha declarado insolvente ante la deuda “inasumible” a la que se enfrenta en el proceso judicial en el que es el único imputado

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Elena Narváez, abogada, en COPE Málaga

Carmen Cerbán

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11 oct 2019

El dueño de la finca de Totalán en la que está el pozo donde murió Julen, David Serrano, se ha declarado insolvente y ha iniciado un proceso concursal por deudas, por una deuda que califica de “inasumible” que podría llegar al millón y medio de euros entre el dinero que se le pide por responsabilidad civil en el proceso judicial y las sanciones administrativas. Él es el único imputado en el caso Julen, por un delito de homicidio por imprudencia grave.

Dice que es insolvente, que no tiene patrimonio y por eso inicia un proceso concursal. Una figura que estamos acostumbrados a escuchar aplicada a empresas, pero que también se aplica para particulares. ¿Y de qué forma se aplica? Lo explica la abogada del despacho Luris Cátedra, experta en procesos concursales, Elena Narváez: “El administrador concursal interviene sus cuentas para que no pueda disponer de su patrimonio, le dice qué puede y qué no puede hacer con su dinero, lógicamente le establecerá una pensión para que pueda continuar con su vida y con sus gastos familiares más necesarios y el resto del dinero quedará a disposición de la administración concursal que intentará recabar alguna cantidad con la que, poco a poco, ir atendiendo las deudas de los acreedores conforme al orden establecido en la Ley Concursal”.

Según explica la experta, con el concurso de acreedores, David Serrano se garantizaría que no le embarguen sus bienes: “Al estar en una situación de concurso y no tener bienes propios, no va a tener la posibilidad de atender los pagos”. “Evidentemente que si, como parece, es una persona que no tiene más ingresos que una prestación por desempleo y además la fianza que se le ha impuesto alcanza los 600.000 euros [en concepto de responsabilidad civil], no va a poder atenderla y el procedimiento concursal le va a servir de paraguas porque tampoco podrían embargársele bienes, puesto que el concurso, uno de los efectos que tiene, es que impide las ejecuciones de la persona declarada en concurso”, explica Narváez.

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