SOCIEDAD
Pensión de invalidez: cuándo se puede pedir y cuánto cobraré
En España, se puede cobrar una pensión por varios motivos: los más frecuentes son jubilación o viudedad

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Jaén - Publicado el - Actualizado
4 min lectura
En España, se puede cobrar una pensión por varios motivos. La jubilación es la más habitual, ya que actualmente hay más de 7,3 millones de personas en esta situación que reciben un dinero mensual. La otra opción más frecuente es la viudedad y, en tercer lugar, la incapacidad permanente, que comúnmente llamamos invalidez, ¿pero cómo la podemos solicitar? Te aclaramos algunos conceptos por sí, esa es tu situación, tienes derecho a percibirla
Un reciente estudio de la empresa salvaescaleras para el hogar TKE Home Solutions, unas 950.000 personas en España cobran una pensión de invalidez o de incapacidad permanente. La pension media de este tipo ronda los 990 euros mensuales. Por otro lado 3 de cada 4 pensionistas de este tipo eran empleados por cuenta ajena, el 12 % eran autónomos y del total de las pensiones concedidas por invalidez se debieron a accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

¿QUÉ ES LA INCAPACIDAD PERMANENTE Y SUS GRADOS?
Según la Seguridad Social esta es una "una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Beneficiarios: Las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad"
GRADOS
Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.
Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Dependiendo del grado de incapacidad, se exigen unos requisitos generales y de cotización. Si la incapacidad deriva de accidente sea o no de trabajo o de enfermedad profesional no se exigen cotizaciones previas. Requisitos que podéis consultar en losm sigueintes enlaces
En resumen la incapacidad permanente se concede a aquellas personas que, por alguna enfermedad o un accidente, no pueden seguir trabajando o, al menos, no en las mismas circunstancias. Un tribunal médico evalúa los casos de quienes, tras 545 días de baja (lo que se denomina incapacidad temporal), aún no se han podido recuperar.

Dentro de la incapacidad permanente, ya heos señalado que hay distintos grados, estos los establecerá el tribunal médico. El dinero de la pensión depende, en gran medida, de este factor. El otro factor es la base reguladora, una cifra que tiene en cuenta múltiples variables y que calcula la Seguridad Social. En la base reguladora influye desde el motivo de la invalidez (enfermedad común, accidente de trabajo...), la edad (mayor o menor de 52 años), hasta el tipo de jornada (completa o parcial...). No obstante, por ley hay establecidas unas cantidades mínimas para la pensión de invalidez.
EL GASTO EN PENSIONES
Según el Gobierno estas son las cifras, al mes de mayo de 2021, que reflejan el dinero que se destina a los pensiones, de todas las clases, en España

Más de dos tercios de la nómina, 7.303,07 millones de euros, se destinaron al abono de las pensiones de jubilación. Esta cuantía experimentó un crecimiento que supera el 3,60% en los últimos doce meses. A pensiones de viudedad se destinaron 1.740,52 millones de euros, un 2,46% más que en mayo de 2020. La nómina de las prestaciones por incapacidad permanente, por su parte, se situó en 942,06 millones de euros (0,20%), mientras que la de orfandad supuso 142,38 millones (2,28%) y las prestaciones en favor de familiares, 26,12 millones de euros (3,18%).
De las 9.836.115 pensiones contributivas abonadas a 1 de mayo (un 0,84% más que en mayo de 2020), 6.148.412 son de jubilación, 2.354.615 de viudedad, 947.910 de incapacidad permanente, 341.846 de orfandad y 43.332 en favor de familiares.
Pensión media
La pensión media del sistema se situó en 1.032,33 euros mensuales. Esta cuantía media, que comprende las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares), aumentó en el último año un 2,20%. En el caso de los hombres, la pensión media del sistema fue de 1.253,38 euros, mientras que la mensualidad percibida por mujeres ascendió de media a 829,45 euros.

En concreto, la pensión media de jubilación del sistema fue de 1.187,80 euros, lo que refleja un incremento de 2,34% respecto del mismo mes de 2020. En concreto, en las altas de pensiones de jubilación de abril, última fecha disponible, la pensión media ascendió a 1.349,57 euros. Las nuevas jubilaciones causadas en dicho mes en el Régimen General se elevaron a 1.467,60 euros/mes.¨Por su parte, la pensión media de viudedad fue de 739,19 euros al mes (2%).
Por regímenes, la pensión media de jubilación más alta correspondió al Régimen General, con 1.333,60 euros al mes, mientras que la más baja la registró el Régimen de Autónomos, 792,08 euros/mes. En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se situó en 2.323,17 euros y 1.322,49 euros en el Régimen del Mar.



