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Calefacción central: los requisitos para poner contadores individuales en tu comunidad de vecinos

A partir de mayo del 2.023 cada vecino pagará por su consumo particular de calefacción y no según su coeficiente de participación en la comunidad de propietarios

Calefacción central: los requisitos para poner contadores individuales en tu comunidad de vecinos
Ángel López
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Jaén

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:06

La calefacción central sufrirá cambios en nuestro país antes de que acabe 2023, debido a una ley publicada como Real Decreto el pasado 6 de agosto en el BOE por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, por la cual todos los edificios deberán contar con un contador individual en las instalaciones de calefacción y refrigeración centralizadas.

Esta norma busca ahorrar energía y hacer un reparto más justo de los costes en los edificios con calefacción central. De esta manera cada vecino pagará por lo que consume y no según su coeficiente de participación en la comunidad de propietarios.

Así, los edificios con sistemas de calefacción o refrigeración central construidos antes de 1998, están obligados a instalar contadores individuales, siempre que sea técnicamente viable y rentable económicamente. Los edificios más modernos no lo tendrán que hacer puesto que ya tenían la obligación de poner esos contadores al estar adheridos a la regulación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

¿Hay excepciones?

Si, hay excepciones. Según explica la OCU, la instalación de estos contadores solo es obligatoria si es viable por las características de la instalación y si compensa económicamente.


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Si no es posible técnicamente, la empresa hará un certificado gratuito que el propietario de la instalación puede presentar en su Comunidad Autónoma junto a una declaración responsable para justificar que no se vayan a instalar. En el caso de la calefacción, si no se pueden poner los contadores individuales, hay que instalar repartidores de costes de calefacción, nuevamente, siempre y cuando esta opción sea económicamente rentable.

Si hay posibilidad técnica, entonces hay que proseguir para hacer el estudio de viabilidad económica, porque también están exentas de poner los contadores las viviendas en las que se tardaría más de 4 años en amortizar la inversión.

También están exentas de poner contadores las viviendas ubicadas en las zonas más cálidas de nuestra geografía: las islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla.

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