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Esta es la sanción impuesta a Roberto Soldado

El Granada recurrirá al Comité de Apelación

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Tiempo de lectura: 1'Actualizado 06 may 2021

Foto: Granada CF - José Villoslada

El Comité de Competición ha sancionado a Roberto Soldado con tres partidos, tras lo recogido por el árbitro, Díaz de Mera, en el acta del encuentro frente al Cádiz. Uno es consecuencia de la expulsión y los otros dos de los incidentes posteriores que han sido tipificados a través del artículo 117 de Código Disciplinario que se refiere a "actitudes de menosprecio o desconsideración hacia los árbitros, directivos o autoridades deportivas". Además, el jugador deberá pagar una multa de 600 euros. El Comité ha desestimado el recurso del Granada, que aportaba un vídeo en el que se escuchaba pronunciar a Soldado unas palabras distintas a las escritas en el mencionada acta arbitral. El Comité señala que “entiende que no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta. En efecto, del visionado de las imágenes se observa que el jugador se dirige al asistente, si bien no se escucha con suficiente claridad lo que dice y, por otro lado, las imágenes se cortan en un momento determinado sin que sea descartable que pueda haber otras expresiones”.

Dado que ahora todavía deben disputarse cuatro jornadas, el delantero podría volver a jugar con el Granada en el último encuentro de la competición, cuando el Granada se enfrente al Getafe. El club recurrirá esta decisión ante el Comité de Apelación.

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