Cambios en la edad de jubilación a partir de 2022: ¿Cómo afectará a la cotización?

Según los últimos cambios aprobados por el ministro Escrivá, el trabajador deberá atrasar su jubilación a los 66 años a partir del próximo 1 de enero

Cambios en la edad de jubilación a partir de 2022: ¿Cómo afectará a la cotización?

Redacción COPE Córdoba

Córdoba - Publicado el - Actualizado

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Tal y como se venía avanzando en los últimos años, la edad de jubilación vuelve a atrasarse. A partir del 1 de enero de 2022, todos los trabajadores que quiera obtener el 100% de su pensión, tendrán que tener 66 años cumplidos, de acuerdo con la reforma de las pensiones acordada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y los agentes sociales en 2011.

Según la norma referente al año 2021, pueden optar a la jubilación ordinaria todos aquellos trabajadores con 65 años de edad, siempre y cuando tengan un periodo cotizado de 37 años y 3 meses o más. Por otra parte, si el periodo cotizado no alcanza los 37 años y 3 meses, los trabajadores deben prolongar su actividad hasta los 66 años.

Así, según esta reforma, todos los nacidos a partir de 1948 están afectados por el aumento progresivo de la edad de jubilación, mientras que los nacidos en 1960 ya no podrán retirarse antes de los 67 años con el 100 % de la pensión, salvo si tienen 38 años y medio cotizados a la Seguridad Social.

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Cambios en la edad de jubilación a partir de 2022: ¿Cómo afectará a la cotización?

Esta ampliación de la edad implica también un cambio en el sistema de cotización del trabajador a la Seguridad Social. ¿Cómo se realizará a partir de ahora?

Lo primero que debes saber es que cualquier trabajador en el Sistema General debe cotizar desde el comienzo de la prestación del trabajo y no se interrumpe mientras dura la relación laboral entre el empresario y el trabajador. Incluso subsiste en las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, disfrute de los periodos de descanso por maternidad y paternidad, o periodos de prueba del trabajador.

La obligación de cotizar termina al finalizar la prestación de trabajo, siempre que se presente el parte de baja del trabajador dentro de los 3 días naturales siguientes. Si la baja del trabajador se presenta después de esos 3 días de plazo, la obligación de cotizar continúa hasta el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social conozca el cese en el trabajo, salvo que los interesados prueben que dicho cese se produjo con anterioridad.

¿Cuánto se debe cotizar?

Las cantidades a ingresar a la Seguridad Social, llamadas cuotas, se calculan aplicando a la base de cotización del trabajador el porcentaje o tipo de cotización que corresponde a cada contingencia protegida.

La base de cotización se calcula añadiendo a las retribuciones mensuales que tenga derecho a percibir el trabajador, o que realmente perciba, de ser éstas superiores, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las demás percepciones de vencimiento superior al mensual o que no tengan carácter periódico y se satisfagan en el ejercicio. Anualmente se establecen bases de cotización (mensuales o diarias) mínimas y máximas para las distintas contingencias y categorías profesionales de los trabajadores (grupos de cotización).

Es por ello que, " a partir del año 2022, la base reguladora será el cociente que resulta de dividir por 350 las bases de cotización del interesado durante los 300 meses inmediatamente anteriores" justo un mes antes de la jubilación, como se informa desde la Seguridad Social.

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Esta reforma que se aplica de forma progresiva concluye en 2027, cuando la edad de jubilación efectiva habrá aumentado hasta los 67 años, y la prohibición de la jubilación forzosa se fijará por debajo de los 68 años.

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