LÍNEA EDITORIAL

La gestación subrogada vulnera derechos fundamentales

La mujer y el niño son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales

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La gestación subrogada vulnera derechos fundamentales

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que considera que los denominados vientres de alquiler, la práctica de la gestación subrogada, vulneran los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y son contrarios a los convenios internacionales sobre derechos humanos. La sala de lo civil del Supremo ha dado prioridad a la “protección del interés superior del nacido mediante gestación por sustitución comercial” frente al deseo de los adultos. Ha aclarado que esta modalidad de maternidad entraña un daño no solo al interés superior del menor, sino que supone “una explotación de la mujer”. La mujer y el niño son tratados como meros objetos, “no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad”, ha señalado el tribunal.

El Supremo ha tomado esta decisión a sabiendas de que hay una fuerte corriente de opinión, alentada por las empresas que se dedican a la gestión de los vientres de alquiler, que es favorable a esta actividad. Para resolver el problema de la filiación de los niños que han sido gestados en el extranjero, el Supremo propone la vía de la adopción para que sean insertados en una familia. Con esta clarificadora sentencia, también delimita las consecuencias que se derivan del uso de la vigente Ley de Reproducción Asistida. E incluso, con su insistencia en el bien superior del concebido y no nacido, introduce una interesante reflexión cuando estamos a la espera de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso contra la ley del aborto conocida como “Ley Aído”.

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