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Una empleada de hotel será indemnizada tras verse afectada por plaga chinches

La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la sentencia que condenó a una cadena hotelera de Zaragoza a indemnizar con más de 8.000 euros a una trabajadora de limpieza a la que se le encargó la limpieza de unas habitaciones fumigadas previamente tras descubrirse una plaga de chinches, que más tarde propagó en su propia casa al no proveerle su empresa de ropa de protección adecuada.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:04

La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la sentencia que condenó a una cadena hotelera de Zaragoza a indemnizar con más de 8.000 euros a una trabajadora de limpieza a la que se le encargó la limpieza de unas habitaciones fumigadas previamente tras descubrirse una plaga de chinches, que más tarde propagó en su propia casa al no proveerle su empresa de ropa de protección adecuada.

El Juzgado de lo Social nº 4 de Zaragoza ya condenó el pasado mes de febrero tanto a la empresa hotelera como a la de la empleada a indemnizar a la mujer por todas las afecciones y perjuicios causados ante la falta de medidas de seguridad en el trabajo, tras un juicio en el que ninguna de ambas se personaron como demandadas.

Este tribunal consideró probado que la denunciante, contratada desde 2016, recibió el encargo en septiembre de 2019 de limpiar los productos químicos empleados por los fumigadores, principalmente polvos, para hacer frente a la plaga.

Esta trabajadora empleó el uniforme y medios habituales utilizados para su labor cotidiana, y unos días después verificó la existencia de una plaga de chinches en la casa en la que vivía con su marido y un hijo de ambos.

La mujer, representada por el letrado zaragozano Julián Mérida desde el Departamento Laboral de Durán & Durán Abogados, tuvo que fumigar a su cargo su propia casa y cambiar el parqué de su domicilio así como la ropa de cama de las habitaciones del matrimonio y de su hijo.

En febrero del año pasado, la trabajadora sufrió una crisis de ansiedad al descubrir de nuevo chinches en su vivienda.

El tribunal recogió la tesis de este abogado al resaltar en los fundamentos jurídicos de la sentencia que no existió "coordinación empresarial alguna entre la cadena hotelera y la empresa de limpieza en cuanto a la prevención de riesgos laborales y la vigilancia de las condiciones de seguridad necesarias para evitar afectaciones al personal de limpieza".

Esta resolución fue recurrida en súplica por una de las empresas demandadas, que alegó no haber recibido notificación alguna ni por parte del juzgado de instancia ni por la representación legal de la demandante.

El TSJA desestima este argumento tras verificar la existencia en el expediente de una notificación inicial que hacía innecesarias otras más, y condena a la empresa recurrente a abonar los costes judiciales generados así como a pagar los honorarios de la letrada de la denunciante.

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