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TC revisará la ley catalana para frenar los desahucios de los más vulnerables

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a tramite el recurso del Gobierno contra el decreto-ley de la Generalitat de Cataluña que refuerza la normativa para evitar más desahucios y garantizar que los grandes tenedores de vivienda ofrezcan alquileres sociales a las personas vulnerables.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:45

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a tramite el recurso del Gobierno contra el decreto-ley de la Generalitat de Cataluña que refuerza la normativa para evitar más desahucios y garantizar que los grandes tenedores de vivienda ofrezcan alquileres sociales a las personas vulnerables.

El pleno del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que acuerda dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso, al Senado, al Parlamento de Cataluña y al Gobierno de la Generalitat para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

El Ejecutivo central no pidió la suspensión automática del decreto ley de refuerzo de la protección del derecho a la vivienda ante los efectos de la pandemia que, según Moncloa, podría vulnerar las competencias del Estado en materia de legislación procesal.

El Govern de la Generalitat aprobó en noviembre del pasado año un decreto ley que busca frenar los desahucios de los más vulnerables al obligar a los grandes propietarios a "acreditar" que se ha ofrecido al inquilino un alquiler social antes de poder iniciar el proceso de desalojo.

Se consideran "personas y familias vulnerables" quienes viven "una situación de vulnerabilidad acreditada ya antes de la pandemia", quienes "ocupan el piso donde viven desde antes de junio de 2019 sin título habilitante", a quienes se le ha extinguido "el contrato de alquiler con un gran tenedor" y "personas o unidades familiares vulnerables con dificultades para pagar las cuotas hipotecarias".

En el caso de quienes hayan ocupado un piso de un gran tenedor entre julio de 2019 y el inicio del anterior estado de alarma, el 25 de octubre, si cumplen los requisitos de vulnerabilidad y disponen del correspondiente informe social, también verán cómo se les suspende el proceso de desalojo, aunque "en este caso no es obligatorio ofrecerles un alquiler social", señaló la Generalitat.

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