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¿Qué va a pasar con las terrazas covid en Madrid? El Ayuntamiento ya tiene un plan

PP, Cs y los conocidos como 'carmenistas' han aprobado un plan que se someterá a votación para determinar qué ocurrirá con las terrazas abiertas o ampliadas a causa de la pandemia

¿Qué va a pasar con la terrazas covid en Madrid? El Ayuntamiento ya tiene un plan

Europa Press

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 17:46

La pandemia ha provocado que miles de establecimientos ampliasen o directamente montasen de cero nuevas terrazas en la ciudad de Madrid. Las conocidas como terrazas covid, elevadas sobre plazas de aparcamiento, tienen fecha de caducidad. Y es que, el nuevo plan del Ayuntamiento contempla 2024 como fecha límite, acabar con las ampliaciones que ha habido durante la pandemia y elaborar un mapa de zonas saturadas. Este es el futuro de las terrazas de los bares en Madrid.

Se retirarán las terrazas en bandas de estacionamiento situadas en ZPAE y en zonas saturadas

Las terrazas de Madrid estarán condicionadas por las clasificadas 'zonas saturadas' y su determinación por tres criterios, las estufas de gas quedarán prohibidas en dos años y las nuevas sanciones que recoge el texto incluyen el cierre inmediato.

Son algunas de las novedades que recoge el texto consensuado entre Gobierno municipal y Recupera Madrid después de que las once enmiendas presentadas por el también Grupo Mixto hayan sido aprobadas por el Ejecutivo municipal. Los votos de PP, Cs y Mixto han sacado adelante en comisión el dictamen de la modificación de la ordenanza de Terrazas, con el rechazo de Más Madrid, PSOE y Vox.

Los principales cambios pasan por la definición de tres criterios para determinar lo que son las 'zonas saturadas'. El primero de ellos es que se produzca una alta ocupación del espacio para instalar la terraza y además deberá ir acompañado de alguno de los otros dos requisitos.

Se estimará que existe alta ocupación cuando en aceras con un ancho inferior o igual a seis metros, el espacio ocupado por terrazas supere el 33 por ciento de la superficie disponible para su instalación y cuando el ancho de las aceras exceda los seis metros, así como en plazas y calles peatonales o calles sin salida, las terrazas superen el 40 por ciento de la superficie disponible para este fin.

El segundo de los requisitos para determinar una 'zona saturada' será el elevado tránsito peatonal, es decir, aquellas aceras por las que caminen más de 33 personas por minuto.

El tercer criterio será el de las afecciones medioambientales. Así se considerarán 'zonas saturadas' aquellas que tengan terrazas en un radio de 150 metros en torno a residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias. Asimismo, se tendrá en cuenta la clasificación de áreas acústicas previstas en la correspondiente ordenanza.

En rueda de prensa, la portavoz de Recupera Madrid, Marta Higueras, ha señalado que gracias a su formación se ha conseguido una mayor definición de 'zona saturada', así como la publicación del mapa de las zonas. Desde el área de Coordinación Territorial informan de que en la web de Transparencia del Ayuntamiento está colgado el mapa, aunque aún no definitivo. Este llegará en el plazo de dos meses tras la entrada en vigor de la ordenanza.

Terrazas en bandas de estacionamiento

Las terrazas que a la entrada en vigor de esta ordenanza estén instaladas en bandas de estacionamiento podrán mantenerse durante los años 2022 y 2023 quedando limitado su funcionamiento hasta las 24 horas. Deberán delimitar visiblemente su extensión mediante barreras o con reflectores de alta intensidad.

Por el contrario se retirarán las terrazas ubicadas en bandas de estacionamiento situadas en 'zonas saturadas', en Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE) y en zonas ambientalmente protegidas cuando ocupen más de un 40% de las bandas existentes en el tramo de calle.

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En este último supuesto, las autorizaciones serán revisadas y reducidas proporcionalmente a propuesta del distrito hasta el nivel previsto con el fin de que la ocupación no supere el 40% de ocupación de bandas de estacionamiento.

Estufas de gas

El nuevo texto de la ordenanza incluirá también la prohibición de las estufas de gas y de aquellos elementos industriales móviles que emitan gases de efecto invernadero a la atmósfera.

Por ello, deberán sustituirlas en un periodo de dos años por otros mecanismos de calefacción acordes con los requisitos técnicos establecidos en la normativa específica y tener la homologación CE de la Unión Europea.

Las sanciones que vendrán

Las nuevas sanciones implicarán cierres inmediatos, en no más de ocho días, de aquellas terrazas que incumplan, siendo objeto de análisis incluso aquellas molestias leves.

El Ayuntamiento retirará la terraza cuando se comentan dos infracciones muy graves o tres graves en un periodo de dos años. El propietario del establecimiento sancionado no podrá volver a obtener autorización hasta que haya transcurrido un año.

El proyecto de la nueva ordenanza de Terrazas de Hostelería y Restauración incorporará 23 enmiendas de las cien presentadas. Seis de las aprobadas provienen del equipo de Gobierno mientras que once, todas son del Grupo Mixto, todas las presentadas. Se suman tres de Más Madrid, dos del Grupo Socialista y una de Vox. El texto con todas las modificaciones se elevará al Pleno de la próxima semana para recibir la luz verde definitiva.

Las enmiendas de Recupera Madrid establecen una reducción del horario a las 23 horas, o incluso antes en determinadas situaciones, siendo esa nueva hora cuando deba estar toda la terraza recogida por completo.

También se han incorporado al texto enmiendas para establecer la figura de los mediadores, que resolverán los posibles conflictos entre vecinos y hosteleros, además de la adaptación de la prdenanza a la prohibición de fumar, la homogeneización de criterios estéticos y el mobiliario permitido en cada caso, así como sacar a los food trucks del texto pasando a venta ambulante.

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