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¿Qué necesita James Rhodes para ser español? 

El artista británico, en los últimos años, se ha hecho famoso por su actividad en las redes sociales y por defender el modo de vida español

¿Qué necesita James Rhodes para ser español? 

Chema Moya

COPE.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:20

James Rhones es un pianista británico de 44 años y es conocido por defender los derechos de los niños y actividad en la denuncia de los abusos sexuales de la infancia. Según anunció, el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en La Sexta que crearía una ley para proteger los derechos de los más pequeños que llevaría el nombre de Rhones. Además, el artistas británico siempre ha defendido el modo de vida española, pero...¿qué necesitaría para ser español?


 


El artista británico, en los últimos años, se ha hecho famoso por su actividad en las redes sociales y por defender el modo de vida español. Rhones se ha convertido en un gurú de la divulgación cultural. Además, el pianista siempre ha tenido cariño a España,  de hecho, publicaba EFE que había pensado en socilitar la nacionalidad española. "Después de Londres, España es para mí como Disneylandia, tiene una calidez muy rara. Estoy honrado de compartirla y siento que tengo una nueva familia aquí", señaló el artista. Considera que sería maravilloso tener el pasaporte español, ya que lleva más de dos años viviendo en el país. Incluso pidió al presidente del gobierno, Pedro Sánchez, quedarse con el tono cómico que le caracteriza, " ¡no me mandes de vuelta, por favor!".

Los pasos para conseguir la nacionalidad:

Hay que diferenciar los distintos perfiles de extranjeros que quiere obtener la nacionalidad:

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  • Nacionalidad para los españoles de origen: aquellos que tengan algún miembro de su familia directa, padre o madre española, los nacidos en España, los nacidos en el país pero de padres extranjeros, los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad y los españoles de origen, menores de 18 años y que sean adoptados por un español. 
  • Nacionalidad por posesión de estado: Tendrá derecho a la nacionalidad aquella persona que haya poseído y la haya utilizado durante 10 años, de forma continuada y basada en un título del Registro Civil. 
  • Nacionalidad por residencia: Esta forma de adquisición exige que la persona tenga una residencia en España durante diez años de forma legal. Aunque hay casos concretos donde este período se reduce a cinco años para quienes tienen la condición de refugiados, dos años para los procedentes de países iberoamericanos y un año para quel que haya nacido en territorio español, la persona que lleve casada un año con español o española, entre otras. 
  • Nacionalidad por carta de naturaleza: Este tipo no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar las circunstancias excepcionales. 

Una vez que se adquiere la nacionalidad española hay que adquirir una serie de trámites en el Registro Civil. En el caso de que se haya conseguido la nacionalidad española por alguna de las opciones anteriores:

El mayor de 14 años y capaz de prestar declaración por sí mismo, habrá de jurar o prometer fidelidad al Rey y obedicencia a la Constitución y a las leyes. Además, la Ley española fija que hay que tener un nombre y dos apellidos.

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