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¿Por qué se juzgó a Teddy Bautista? Todo lo que debes saber del caso SGAE

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala Penal notificada este miércoles explica que la propia SGAE retiró primero la acusación penal y después la civil

¿Por qué se juzgó a Teddy Bautista? Todo lo que debes saber del caso SGAE

Madrid

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 18:31

La Audiencia Nacional ha absuelto al expresidente de la Sociedad General de Autores Españoles (SGAE) Eduardo "Teddy" Bautista y a otros nueve acusados por el presunto desvío de fondos de la entidad, unos hechos por los que la Fiscalía Anticorrupción solicitaba penas que iban desde los dos años a los doce años y medio de cárcel por delitos de apropiación indebida, administración desleal, falsedad de documento mercantil y asociación ilícita.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala Penal notificada este miércoles explica que la propia SGAE retiró primero la acusación penal y después la civil al no sentirse perjudicada por estos hechos.

¿Por qué se juzgó a Teddy Bautista? Todo lo que debes saber del caso SGAE

El presidente de la SGAE, Antonio Onetti, ha calificado de "magnífica noticia" y de "alivio" que la Audiencia Nacional haya absuelto al que estuvo al frente de la entidad de gestión durante 30 años, Teddy Bautista, quien "consiguió que la SGAE fuera una de las entidades de gestión más importantes del mundo".

"Es una magnífica noticia que después de 10 años haya habido una sentencia, porque han sido 10 años donde toda la cúpula de la SGAE en 2011 ha estado a disposición judicial, y eso ha sido muy duro para ellos, para la casa y la gestión colectiva", expresaba.

EL CASO SGAE: FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN SOLICITABA SIETE AÑOS DE PRISIÓN APOR APROPIACIÓN INDEBIDA

El juicio arrancaba en septiembre de 2020. Teddy Bautista, el que fuera presidente del Consejo de Dirección de la Sociedad de Autores, se sentaba en el banquillo de los acusados pues, según el auto de transformación de diligencias previas, habría cometido delitos de asociación lícita u organización criminal, falsedad en documento mercantil, administración desleal y apropiación indebida.

El juez instructor José de la Mata, tras siete años de ardua investigación, aseguró que los once imputados, entre los que se encontraba el presidente del Consejo de Dirección de la SGAE realizaron "una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de la SGAE" a la organización liderada por José Luis Rodríguez Neri. Supuestamente, Neri habría realizado una asignación arbitraria a 'Microgénesis' de decenas de millones de euros supuestamente para desarrollar soluciones tecnológicas, causando perjuicios y pérdidas para la SGAE.

Entre los otros diez acusados se encuentra José Luis Rodríguez Neri, exdirector de la SDAE --filial digital de la SGAE--.

El escrito indicó cómo tanto Neri como Bautista pusieron en marcha en el año 1999 la Sociedad Digital de Autores y Editores (SDAE), pese a la nulidad acordada por la Audiencia Provincial de Madrid confirmando la del juzgado de primera instancia, y la convirtieron con el paso de los años "en una superestructura, además de superflua, nociva para la SGAE".

Además, los acusados intentaron que no existieran expedientes sobre los procedimientos abiertos en la sociedad de autores y sortearon los controles de las compras estipulados, lo que llevó a Neri a actuar con una "permisividad excepcional" incluso en operaciones superiores a los 6.000 euros.

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Anticorrupción expuso igualmente que el monto total de perjuicio causado entre los años 2003 y 2007 de la SDAE a la SGAE fue de 2.099.095,13 de euros debido, en gran parte, al impulso que los acusados pretendían dar a TESEO, un proyecto para potenciar la promoción de contenidos en la red y sistema "ilícito desde su origen" para la Fiscalía.

Finalmente, la Sala ha asegurado que no queda acreditada la tesis de la acusación sino que más bien, a la vista del acervo probatorio, "debemos afirmar que ha quedado acreditado que todas y cada una de las decisiones de contratación realizadas entre la SGAE y la SDAE y entre esta y Microgénesis fueron conocidas, adoptadas y aprobadas por los órganos de dirección de ambas sociedades, con previo y pleno conocimiento de las condiciones de contratación, con la aprobación presupuestaria anual a cargo de los presupuestos de la SGAE, quien era la última beneficiaria de los productos contratados".

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