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El TC aplaza el debate sobre la constitucionalidad del segundo estado de alarma al siguiente Pleno

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:47

El Tribunal Constitucional (TC) no ha abordado finalmente en el Pleno de esta semana el debate sobre la constitucionalidad del segundo estado de alarma, que fue decretado en octubre de 2020 por el Gobierno con el fin de atajar las consecuencias de la pandemia. Se ha decidido dejar la deliberación para el siguiente pleno, que se celebrará a partir del 26 de octubre, debido a que se debían resolver otros asuntos con anterioridad.

Si bien la sentencia está pendiente de debate, ya a principios de mes se conoció que el TC previsiblemente declararía inconstitucional ese segundo estado de alarma, por lo que atendería, aunque sea parcialmente, el recurso presentado por el partido político Vox, según avanzaba el diario ABC.

El magistrado ponente de esta sentencia, Antonio Narváez, concluyó su resolución y en ella acogería dos de los tres principales argumentos del partido de Santiago Abascal contra ese segundo periodo de estado de alarma que arrancó el 25 de octubre de 2020 y que se extendió por seis meses. De salir adelante, este sería un nuevo revés para el Ejecutivo que ya en julio vio como el tribunal de garantías declaraba la inconstitucionalidad de algunos aspectos del primer estado de alarma.

En su recurso de inconstitucionalidad, Vox sostenía que el segundo estado de alarma vulneró los artículos 17, 19, 21 y 25 de la Constitución, relativos a los derechos a la libertad y a la seguridad; a la libre circulación; a la reunión y la manifestación pacíficas; y contra las sanciones administrativas que directa o subsidiariamente impliquen privación de libertad.

Además, Vox denunció como inconstitucional la decisión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de comparecer sólo cada dos meses ante el Pleno de la Cámara para dar cuenta de su evolución. Ése sería uno de los aspectos que, según ABC, acogería el ponente en su resolución dado que se habría dado una falta de control parlamentario al Ejecutivo.

SÁNCHEZ E ILLA EN EL CONGRESO

En esta ponencia, previsiblemente el TC dictaminará que para cumplir con la exigencia constitucional de fiscalización del Ejecutivo durante ese periodo de seis meses no fueron suficientes las comparecencias ocasionales que hizo Sánchez en el Congreso, y tampoco aquellas que delegó en el que fuera ministro de Sanidad Salvador Illa, y posteriormente Carolina Darias.

El segundo aspecto que reflejaría esa resolución tiene que ver con el nombramiento de los presidentes autonómicos como autoridad delegada, la denominada como cogobernanza. A juicio de Vox esto generó "un auténtico estado de desconcierto y caos" que abocó a una situación de "inseguridad jurídica" a los ciudadanos.

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