• Viernes, 26 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

Las claves de una reforma laboral que agota la temporalidad, pero no deroga la ley del PP

Se elimina el contrato por obra y servicio y para los trabajos de temporada se establece el fijo discontinuo

ctv-nb2-1635332392592
Marta Ruiz
@MartaRuizBlaz

Jefa de Economía

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:21

El Real Decreto Ley pactado entre gobierno y agentes sociales incluye cambios en la reforma laboral de 2012, la del PP, pero no supone una enmienda a la totalidad, una derogación, como prometió el gobierno de coalición. De hecho, se mantienen los mecanismos de flexibilidad interna para que las empresas puedan adaptarse a las circunstancias económicas, algo más que necesario en un momento en el que aún persisten las dificultades por la crisis económica derivada de la pandemia, en un contexto de fuerte inflación, aumentos de costes energéticos y problemas en la cadena de suministros. Las empresas tendrán hasta 6 meses de plazos para adaptarse a los cambios.

¿Qué cambia y cómo afecta a los trabajadores?

El decreto ley pone coto a la temporalidad y sólo permite contratos temporales para cubrir sustituciones o por motivos de producción. En este caso se establece un máximo de 6 meses al año, ampliable a 1 año por convenio y de 90 días anuales en casos de picos inesperados de demanda, como, por ejemplo, en campañas de rebajas. Se elimina el contrato por obra y servicio y para los trabajos de temporada se establece el fijo discontinuo además de endurecerse las sanciones frente al fraude en este tipo de contrataciones.

Hay cambios en materia de formación. Se define muy bien el perfil de la persona que pueden firmar estos contratos y se limita bien la duración para evitar abusos. Se establecen dos tipos: en alternancia, para estudiantes de hasta 30 años que trabajan al mismo tiempo y durante un periodo máximo de 2 años y para obtención de práctica profesional, una vez terminados los estudios y por un máximo de 3 años o de 5 si se tienen algún tipo de discapacidad.

Se potencian los ERTE como mecanismo para salvar el empleo. No hay que olvidar que en lo peor de la pandemia llegamos a tener hasta 3,5 millones de trabajadores en ERTE. Y los trabajadores subcontratados se regirán por el convenio del sector y no por el de la empresa que les subcontrata.

Otro de los cambios importantes es que el convenio del sector vuelve a estar por encima del convenio de empresa en materia salarial, lo que evita posibles negociaciones a la baja en los salarios y se recupera la ultra actividad, o lo que es lo mismo, la prórroga inmediata de los convenios colectivos caducados mientras empresa y sindicatos no lleguen a un acuerdo sobre el nuevo texto.

Las empresas mantienen la flexibilidad. No se deroga la reforma de 2012

Aunque la norma coloca el convenio sectorial por encima del de empresa en materia salarial, se mantiene la potestad de las empresas para cambiar las condiciones laborales en circunstancias de fuerte crisis y no se toca la cláusula se descuelgue, o sea, que las empresas pueden dejar de aplicar el convenio colectivo cuando la situación económica no permita su aplicación. No hay cambios en el coste del despido que se mantiene en los 33 días por año trabajado.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar