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"Mancomunidad": la voluntad de ir de la mano
Cuando dos municipios se asocian, forman una "mancomunidad". No se necesitan porque cada uno por separado esté "manco", sino que estrechan la "mano" y arriman el hombro en pos de un bien "común".,El "Diccionario de la lengua española" define "mancomunidad" como corporación o entidad legalmente constituida por agrupación de municipios o provincias.,Por su parte, el "Diccionario del español jurídico" de la Real Academia Española señala que "mancomunidad" es cualquier asoc
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Cuando dos municipios se asocian, forman una "mancomunidad". No se necesitan porque cada uno por separado esté "manco", sino que estrechan la "mano" y arriman el hombro en pos de un bien "común".
El "Diccionario de la lengua española" define "mancomunidad" como corporación o entidad legalmente constituida por agrupación de municipios o provincias.
Por su parte, el "Diccionario del español jurídico" de la Real Academia Española señala que "mancomunidad" es cualquier asociación voluntaria, si bien dedica una entrada específica a "mancomunidad de municipios", que es el contexto en el que de hecho suele emplearse tal sustantivo.
Esta es la definición incluida en esta última obra: entidad local resultante del ejercicio por dos o más municipios de una misma o de distintas comunidades autónomas de su derecho a asociarse para la ejecución en común, en un ámbito territorial y por un plazo fijados al efecto, de obras y servicios determinados de su competencia con aprobación, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente, que tiene personalidad y capacidad jurídicas y se rige por sus estatutos propios aprobados por los plenos de todos los ayuntamientos.
Se trata de un término cuyos formantes originales son "manus" (mano) y "communis" (común). De hecho, el Diccionario académico incluye la locución adverbial "de mancomún", contracción a partir de "de mano común", que significa de acuerdo dos o más personas, o en unión de ellas.
Según el "Breve diccionario etimológico de la lengua castellana", de Joan Corominas, esta locución data de 1203. Tienen que pasar algo más de cuatro siglos para que se forme el verbo "mancomunar" en 1605 y todavía otro más hasta llegar al derivado "mancomunidad" en el año 1735.
Bello concepto, en definitiva, que nos remite a construir mano a mano puentes reales o figurados, a poner en comunicación habitantes y pactos entre municipios.



