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La asociación ha presentado alegaciones

FACUA Córdoba valora negativamente la nueva ordenanza del taxi

La falta de protección de los derechos de los usuarios en el documento hace que se pierda una oportunidad que se lleva esperándose durante más de una década.

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Tiempo de lectura: 3'Actualizado 09 may 2017

 FACUA Córdoba valora negativamente la nueva ordenanza del taxi y ha presentado alegaciones a la misma por la falta de equilibrio existente entre las partes. La asociación considera que la ausencia de protección de los derechos de los usuarios que tiene el documento hace que se pierda una oportunidad, esperada durante más de una década, para adaptar la regulación a los tiempos actuales. El proyecto, que se encuentra en fase de información  pública desde el 30 de abril, no ha avanzado “absolutamente nada” en derechos y protección de los usuarios con respecto a la ordenanza de 1992. FACUA Córdoba lleva años presentando alegaciones y poniendo en evidencia las numerosas carencias de la normativa que el ayuntamiento de Córdoba no ha querido tener en cuenta. La asociación señala como ejemplo el artículo 58 de la nueva ordenanza donde se indica que “los usuarios que contraten un servicio por radio emisora, por teléfono o por cualquier otro medio telemático, el servicio se considerará iniciado en el lugar de partida del vehículo comenzando así a funcionar el taxímetro”. “Asimismo, la cuantía máxima por la utilización de este modo de contratación será el doble de la cantidad que en cada momento venga determinada como concepto de bajada de bandera”. FACUA Córdoba aclara que este artículo, si finalmente entra en vigor la nueva ordenanza, permitirá que un vehículo solicitado pueda llegar al punto al usuario con un importe en el taxímetro de 3 ó 3,72 euros, según sea un día laborable o festivo. En este sentido, FACUA Córdoba entiende esta decisión como desproporcionada e injusta, tal y como ha reflejado en las alegaciones presentadas y que ya trasladó al Ayuntamiento en sus aportaciones al borrador del documento en enero de 2013. La asociación considera que lo justo sería que “el taxímetro se pusiera en funcionamiento cuando el usuario accediera al vehículo incluso en los supuestos de concertación previa del servicio, con o sin emisora”. Asimismo señala que esta propuesta sí se ha tenido en cuenta en otras ciudades como Sevilla en su nueva ordenanza municipal. Por otro lado, FACUA Córdoba critica que no se contemple la obligatoriedad de que los servicios contratados por emisora tengan que informar al solicitante del mismo del tiempo de espera. Incluso apuesta porque el usuario pueda desistir del servicio si la demora es superior a un tiempo concreto, caso de Cádiz.   Sin embargo, en esta nueva ordenanza del taxi de Córdoba que pretende aprobar el ayuntamiento, no se contempla nada de lo anterior. La asociación considera que esta situación provoca “falta de información, desprotección y un desequilibrio injusto hacia el usuario ante una contratación de un servicio”, incumpliendo de esta manera lo establecido en el artículo 20 y 60, del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Asimismo, y al no fijar tiempo máximo de espera para el usuario, ni existir la obligación de la emisora de informar sobre datos del vehículo y/o retraso, la persona que desista del servicio por tardanza, pasara a estar entre los que se les pueda negar en un futuro el servicio por abandono del mismo, hasta tanto, no pague por adelantado la tarifa mínima urbana vigente para poder atenderle nuevamente, como así se dice en el artículo 78. Este hecho se podría considerar como abusivo en base a lo establecido en el artículo 82 del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. FACUA Córdoba critica que se pretenda aprobar una nueva ordenanza municipal del taxi sin tomar en consideración los derechos fundamentales de los consumidores. La asociación lamenta que se quiera beneficiar a una sola de las partes y recuerda que las administraciones públicas deben velar porque se cumplan los derechos fundamentales de los consumidores y se ofrezca una correcta información a los usuarios de los servicios contratados.  

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