El Papa cambia el Derecho Canónico para regular la expulsión de religiosos por aborto o abuso sexual
Publica una carta apostólica en forma de motu proprio y establece los delitos por los que un consagrado debe ser destituido salvo que el superior mayor considere lo contrario

Papa cambios derecho canónico
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Nuevos cambios en el Derecho Canónico. Esta vez se modifica el canon 695 §1, dedicado a los institutos religiosos. A través del motu proprio Recognitum Librum VI, el Papa Francisco regula la expulsión de los religiosos que incurran en delitos contra el sexto mandamiento, es decir, no cometer actos impuros y relacionados: abusos sexuales y concubinato; y contra todo lo que tiene que ver con la vida, el quinto mandamiento: aborto consumado, homicidio, secuestro, entre otros.
En el texto original, publicado en latín y traducido en lengua italiana, se lee: “El 1° de junio de 2021, con la Constitución Apostólica Pascite gregem Dei hemos promulgado el nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico, De sanctionibus poenalibus in Ecclesia”. En él se explica que “se han tipificado de forma diferente algunos delitos”, mientras “otros nuevos se han introducido” y, además, “ha cambiado también la sucesión de los cánones”. Y se indica que esto requiere una modificación para garantizar la concordancia con los cánones de otros Libros del Código.
Texto final
Por lo tanto, habiendo consultado al Consejo Pontificio para los Textos Legislativos y a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, el Santo Padre Francisco establece que “el texto del canon 695 § 1 sea modificado de la siguiente manera: “Un religioso debe ser destituido de un instituto por los delitos mencionados en los cánones 1395, 1397 y 1398, a menos que, en el caso de los delitos mencionados en los cánones 1395 §§2-3 y 1398 §1, el superior mayor considere que la dimisión no sea totalmente necesaria y que se pueda proveer de otro modo tanto a la corrección del religioso como a la reintegración de la justicia, o a la reparación del escándalo”.
De esta forma, el Pontífice ordena que lo deliberado con esta Carta Apostólica en forma de motu proprio sea firme y estable en su vigencia, sin perjuicio de cualquier cosa en contrario, aunque merezca una mención especial, y que se promulgue mediante su publicación en L'Osservatore Romano, entrando en vigor en el día de la fecha, y que se publique después en el comentario oficial del Acta Apostolicae Sedis.





