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Mollinedo, técnico de Hacienda, sobre la situación de quienes han pedido el Ingreso Mínimo: "Es incongruente"

En el programa de Fin de Semana hablamos con José María Mollinedo, técnico de Hacienda sobre la nueva campaña de la Renta

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Madrid

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:41

Este año hay la declaración de la Renta estará marcada por los efectos de la pandemia y algunas de las soluciones que se han puesto para paliarla. Hablamos de los ERTE y el conocido como Ingreso Mínimo Vital. Del primero hay unos dos millones y medio de contribuyentes, mientras que los que hayan pedido el segundo, pese a no estar obligados por renta a presentar declaración,

Es por ello que desde Fin de Semana en COPE hablamos con José María Mollinesdo, técnico de Hacienda que comentaba lo siguiente: "Todas las personas que hayan recibido prestación del SEPE, es posible que les salga a ingresar. Se considera una renta. Su tributación va a ser la misma o un poco menor", asumía, con la consabida condición de que este año quien haya recibido prestación por ERTE se considerará que ha tenido dos pagadores, por lo que estará obligado a realizar declaración de la Renta.

¿Y qué pasa con el Ingreso Mínimo Vital? Pues Mollinedo se muestra tajante y asegura que "es una situación incongruente, porque están exentos del impuesto, no tributan, pero la normativa les exige la declaración". Algo de lo que se quejan no solo los técnicos de Hacienda, que no comprenden la obligatoriedad de presentar la declaración, pues también quienes han conseguido percibir la prestación se muestran atónitos.

Todos los detalles de la Renta 2020

La campaña para la liquidación del IRPF y el impuesto de patrimonio del ejercicio 2020 arranca el próximo miércoles, 7 de abril, y se extenderá hasta el 30 de junio, con la novedad de que los beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV) tendrán que presentar la declaración independientemente de sus ingresos.

También hay novedades para los afectados por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) cuya declaración tenga resultado positivo y estén obligados a pagar, ya que la Agencia Tributaria planea modificar la normativa vigente para permitir fraccionar el pago en seis plazos, frente a los dos actuales.

Los datos fiscales están disponibles desde el pasado 24 de marzo, pero los contribuyentes tendrán que esperar hasta el 7 de abril para poder presentar la declaración, que en ese momento solo podrá hacerse a través de internet, ya sea con el programa Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Para ello, como es habitual, será necesario identificarse con certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia, que se puede solicitar con los datos de la casilla 505 de la renta 2019.

La presentación telefónica de declaraciones -una vía que ha crecido en los últimos años, especialmente la pasada campaña debido al estado de alarma por la pandemia de la covid- comenzará el 6 de mayo, mientras que quienes prefieran hacerlo de manera presencial en oficinas tendrán que esperar al 2 de junio. En ambos casos será necesario solicitar cita previa.

El plazo de presentación de declaraciones termina el 30 de junio, salvo para aquellas con resultado a ingresar que quieran domiciliarse, que tendrán que estar presentadas antes del 25 de junio.


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