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Medidas extraordinarias en Sangüesa, por el incremento de casos de Covid19

Medidas extraordinarias en Sangüesa, por el incremento de casos de Covid19

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09:46

El Departamento de Salud del Gobierno de Navarra ha comunicado a este Ayuntamiento la existencia de un brote que ha provocado un incremento en Sangüesa/Zangoza de casos confirmados positivos en los últimos días.
En consecuencia, procede la adopción urgente de medidas concretas con el fin de contener los brotes y evitar la aparición de otros nuevos que puedan poner en peligro la salud pública de la población.

Teniendo en cuenta las competencias de este Ayuntamiento para resolver sobre el uso de locales municipales y la prestación de servicios públicos; así como lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición adicional segunda del Decreto Ley Foral 7/2020 de 22 de julio por el apartado que se aprueban medidas preventivas extraordinaria para hacer frente a la crisis sanitara del coronavirus (COVID-19), publicado en el Boletín Oficial de Navarra nº 163 de 23 de julio de 2020, por el que “se habilita a los órganos competentes de cada entidad local para que, siempre que se justifique en motivos de la evolución de la situación sanitaria, se puedan reducir los horarios de cierre de los establecimientos dedicados con carácter permanente a espectáculos públicos y actividades recreativas, cuando dicha medida afecte a su ámbito territorial”.

Por todo lo expuesto y tras la reunión mantenida con los responsables del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra en la que se han definido las medidas a adoptar se Acuerda:

Proceder al cierre de las siguientes instalaciones municipales, así como a
la suspensión de los servicios que en ellos se prestan:

Instalaciones del complejo deportivo de Cantolagua (piscinas y resto
de instalaciones).

Escuela infantil 0-3 años.

Biblioteca pública.

Parques infantiles (precinto de las instalaciones).

Locales cedidos a grupos culturales y sociales para el desarrollo de sus actividades.

Modificar los horarios de bares, bares especiales, cafeterías, restaurantes y otros establecimientos públicos y actividades recreativas en los siguientes términos:

El horario de cierre de la actividad tanto en el interior de los establecimientos como en las terrazas pasa a ser siguiente: Lunes a domingo: a las 12 de la noche.

Determinar el cierre de toda actividad en sociedades gastronómicas, bajeras de ocio, piperos, pipotes o similares.

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Precintar los parques infantiles y las fuentes públicas

Recordar a la población la obligación de usar mascarilla, la necesidad guardar la distancia interpersonal de 1,5 metros y la recomendación de lavarse frecuentemente las manos con jabón o gel hidroalcohólico. Así mismo, se recomienda limitar a lo estrictamente necesario las reuniones familiares y otras celebraciones de convivencia en espacios tanto públicos como privados (viviendas, huertas, etc.).

El tiempo de vigencia de estas medidas dependerá de la evolución de los contagios.

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