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El dispositivo de seguridad vial del Resurrection Fest deja 120 positivos en drogas y 27 en alcohol

Las multas por presencia de drogas en el organismo ascienden a 1.000 euros y 6 puntos de carné 

Dispositivo de la Guardia Civil en el Resurrection Fest

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La Guardia Civil de Lugo realizó durante el festival musical “Resurrection Fest” numerosos servicios encaminados a garantizar la seguridad del tráfico que dicho acontecimiento genera.

No han tenido lugar sucesos destacables, pero merece mención especial que durante los servicios establecidos al efecto y a pesar de haber sido anunciados, se detectaron 27 conductores los cuales arrojaban tasas de alcohol superiores a las permitidas, siendo investigados 03 de ellos por delitos contra la seguridad vial, y 120 habiendo consumido drogas.

Los datos anteriores reflejan una mayor incidencia de conductores detectados con consumo de drogas que de alcohol. Significar que la mera presencia de drogas en el organismo genera la comisión de una infracción administrativa, no estableciendo la Ley de Seguridad Vial una tasa mínima establecida, y que dicha infracción supone una sanción de 1000 € y la detracción de 6 puntos del permiso de conducción.

Además, durante el Operativo Especial, fue detectado 01 conductor, el cual presentaba la pérdida de vigencia del permiso de conducción por agotamiento de los puntos, por lo que se les instruyeron diligencias para su remisión al Juzgado de Guardia.

Colaboración de otros Resus para evitar la inmovilización de un vehículo 

Los conductores denunciados, al objeto de evitar la inmovilización del vehículo, recurrían a la “colaboración” de otros asistentes al evento y que circulaban de pasajeros en otros vehículos cuyo conductor también había dado positivo, consiguiendo de este modo poder continuar el trayecto y asistir al festival, no sin antes comprobar la Guardia Civil su habilitación para conducir.

La Guardia Civil aconseja, no consumir alcohol ni drogas si se va efectuar la conducción del vehículo, o en último caso, utilizar la figura del “conductor alternativo” (conductor que no consume dichas sustancias) como medida a tomar en los casos que tras haber consumido estas sustancias deban efectuarse desplazamientos en el vehículo, evitándose con ellos accidentes de circulación y sanciones.

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