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Finaliza la instrucción de la Operación Pokemon con 13 investigados, entre ellos Fernández Liñares

El juez destapa una trama que emitió decenas de facturas falsas para estafar al Ayuntamiento y supuestamente pagó más de 100.000 euros en sobornos

Fernández Liñares, acompañado por su abogado

Fernández Liñares, acompañado por su abogado

Ramudo

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 07:35

El Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo ha concluido la investigación de la pieza principal de la operación Pokemon, que consta de alrededor de 170.000 folios, y ha ordenado que la causa se siga contra trece personas, entre ellas el que fuera presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil y teniente de alcalde en el Ayuntaiento de Lugo, Francisco Fernández Liñares.

El magistrado entiende que hay indicios de delito en el proceso para la concesión del servicio municipal de grúa por parte del Ayuntamiento de Lugo a la empresa asturiana Cechalva, en 2005, así como de la existencia de una Caja B en la compañía para realizar los pagos de los sobornos pactados por haber conseguido la adjudicación del servicio.

Entre los investigados figura Fernández Liñares, por si los hechos que se le imputan fuesen constitutivos, entre otros, de delitos de cohecho, violación de secretos, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales.

Además, entre los otros doce imputados figuran su mujer, su cuñado y varios empresarios con los que mantenía relación.

Con respecto a los demás investigados en esa pieza principal de la Operación Pokemon, el juez ha decretado el sobreseimiento y archivo de la causa.

El magistrado ha acordado en el auto, contra el que cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial de Lugo, dar traslado al ministerio fiscal de su resolución, así como a las acusaciones personadas en la causa, para que en el plazo de diez días soliciten la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la misma, sin perjuicio de que puedan pedir, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación.

Licitación del contrato de la grúa

En cuanto a la adjudicación del contrato de la grúa municipal, el juez asegura que desde que el Ayuntamiento de Lugo inició las gestiones internas para la licitación del mismo, los investigados “conocieron de forma ilegal, antes que ningún otro eventual licitador, información relevante sobre el procedimiento”.

Así, entiende que “todas las irregularidades e incumplimientos previos, coetáneos y posteriores a la adjudicación del contrato a Cechalva fueron consentidos, precisamente, por el acuerdo que tenía la empresa con el teniente de alcalde”, entonces Fernández Liñares, quien era “conocedor de la trama”, tenía capacidad decisoria sobre la concesión y reveló datos para favorecer a la empresa.

A cambio, supuestamente obtenía “importantes cantidades económicas como contraprestación, así como participación camuflada a través de testaferros”.

Los hechos referentes a la adjudicación de la grúa, según el auto, podrían ser constitutivos de delitos de cohecho, violación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, de los cuales serían responsables, además del primer teniente de alcalde, tres socios de la empresa (J.P.C.E., J.L.A.A. y M.S.G.); D.A.L., también socio, cuñado y presunto testaferro del teniente de alcalde; y J.M.R., a quien el juez atribuye ser el “enlace” entre Cechalva y el político implicado.

En el auto, el magistrado sostiene que hay indicios de que los socios de la compañía “se comprometieron a abonar en efectivo la cantidad de 2.000 euros mensuales para pagar a las autoridades del Ayuntamiento de Lugo como gratificación por la adjudicación del servicio de grúa”.

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Más de 100.000 euros en sobornos

Si bien el juez afirma que J.M.R. les hizo creer que ese dinero iba destinado al alcalde, en realidad, “se entregaba en efectivo a J.M.R., que era el encargado, a su vez, de dárselo en mano” a Fernández Liñares.

En total, pagaron de la Caja B de la empresa, según indica el juez, 2.000 euros al mes durante los años 2006, 2007, 2008, 2009 y los primeros siete meses de 2010, lo que supone un total de 110.000 euros.

Para disponer de dinero en efectivo con el que hacer frente a esos pagos, añade el instructor, los investigados crearon dos contabilidades. El objetivo, según el magistrado, era “generar cantidades de dinero que quedaran al margen del ciclo tributario, mediante la creación de facturas ficticias o la contabilización indebida de otras facturas”.

De hecho, según los informes de la Unidad de Vigilancia Aduanera, los socios de Cechalva imputados contaban con la colaboración de algunas empresas y profesionales que les suministraban “facturas falsas”.

Estos hechos podrían ser constitutivos, según el juez, de un delito continuado de cohecho, en el que habrían tenido participación los investigados F.F.L., J.M.R., M.S.G., J.L.A., J.P.C. y D.A.

Además, también aprecia un posible delito contable continuado, en el que habrían participado Cechalva, los socios de la empresa y otros dos investigados; así como un delito continuado de falsedad en documento mercantil, cometido por todos ellos y en el que habrían colaborado otras dos personas investigadas.

Facturas falsas

El juez también entiende que todos los investigados en esta trama podrían haber incurrido en un delito de estafa por emitir facturas falsas que motivaron que el Ayuntamiento tuviese que pagar a la adjudicataria de la grúa cantidades superiores a las que le corresponderían.

Por otra parte, uno de los socios de Cechalva (M.S.G.), según el auto, “llevó a cabo comportamientos contables muy similares a los de la concesionaria” a través de su empresa de construcción y obras públicas.

Por ello, el juez considera que pudo haber incurrido en un delito contable y en otro de falsedad en documento mercantil. Además, M.S.G. también podría haber cometido un delito de prevaricación administrativa, al igual que uno de los funcionarios investigados, en relación con la adjudicación de obras públicas de saneamiento a favor de su empresa.

Blanqueo

Por último, el juez considera que existen indicios de que, entre los días 4 y 5 de junio del año 2012, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, “con la finalidad de ocultar el origen ilícito de sus ganancias así obtenidas”, ingresó en cuentas dinero “que había recibido sin justificación por parte de empresarios y sociedades, durante el tiempo que desempeñó el cargo de concejal y presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, a cambio de la adjudicación de diferentes contratos públicos”.

El instructor también asegura que existen indicios de que Fernández Liñares, su esposa y un empresario (M.G.G.), a sabiendas del origen ilícito de esos ingresos, “no solo se beneficiaron, sino que llevaron a cabo determinadas operaciones tendentes a introducirlos en el tráfico jurídico de forma aparentemente regular, como la adquisición de inmuebles, participación en sociedades y otras, realizándose multitud de operaciones en efectivo”.

Todo ello sería constitutivo, según el instructor, de un delito de blanqueo de capitales.

Además, también indica que consta indiciariamente acreditado que el presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, en abril de 2009, recibió de un empresario (M.G.G.) un reloj valorado en 4.000 euros. Estos hechos podrían ser constitutivos de un delito de cohecho.



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