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El inspector que revisó el caso del Cash Récord sostiene que los indicios acusan “claramente” al procesado

Sostiene que le propuso a otra persona perpetrar el atraco, que manejaba armas, tenía sangre fría, era cliente del establecimiento y fue reconocido por un testigo

El procesado durante su declaración en la Audiencia Provincial de Lugo

El procesado durante su declaración en la Audiencia Provincial de Lugo

Ramudo

Lugo

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 11:34

El inspector jefe del Cuerpo Nacional de Policía que recibió el encargo del entonces comisario de Lugo de revisar todas las investigaciones por el doble asesinato cometido el 30 de abril de 1994 en el Cash Récord afirmó este miércoles, en la tercera jornada del juicio que se está celebrando en la Audiencia Provincial, que “los indicios” que reunió “acusaban claramente al procesado como autor de los hechos”.

Durante su declaración en la vista oral, explicó que recibió “personalmente” el encargo del comisario jefe, entonces Manuel Teijeiro, de revisar las investigaciones que se habían realizado sobre el caso, sin “dejar nada” por supervisar de las diligencias practicadas.

De esa revisión de “toda la causa”, precisó el inspector que recibió el encargo a preguntas de la abogada de la acusación particular, Carmen Balfagón, apreció cuatro indicios “que acusaban claramente al procesado como autor de los hechos” y esa fue la “hipótesis” que plasmó en sus “conclusiones” sobre el caso.

“En el sumario que había en la Comisaría sobre la investigación había varias hipótesis”, precisó, pero “los indicios sólidos” que reunió durante la revisión de la causa lo llevaron a considerar que el procesado por el doble crimen de O Ceao, Manuel Juan V.C, había sido “el autor de los hechos”.

INDICIOS

Para el inspector jefe hay un “indicio fundamental”. Se trata “de una propuesta para cometer estos hechos a otra persona. En esa propuesta le da datos. Le dice que va ser muy fácil” dar el golpe, porque “solo va a haber allí”, en la nave de O Ceao, “una cajera, en femenino, y un reponedor, en masculino”.

“Lo dice un testigo, que se lo dijo el procesado. El testigo no era cliente de ese supermercado. El que le hace la propuesta sí. Tiene que saber esos datos. El testigo lo sabe porque alguien se lo dijo y afirma que se lo dijo el procesado, que le propuso cometer los hechos”, aclaró.

Desde su punto de vista, se trata de “un indicio fundamental”, que aparece “en negrita en el primer párrafo” de sus “conclusiones”.

Otro indicio que, a su juicio, señala “claramente” al procesado es que el autor de los hechos tenía que ser “una persona conocida por las víctimas”, con la “suficiente confianza” para que “le abriesen la puerta tras verla por la mirilla”.

“Tiene que ser un cliente que tenga un bar. El procesado tenía un bar. En el registro aparecieron muchas facturas” que demuesran que “había comprado en ese establecimiento”, precisó, lo que a su juicio es “otro indicio claro”.

Además, explicó, la persona que cometió los asesinatos “tiene que ser una persona con sangre fría, con manejo de armas” y que hubiese “disparado” antes. En la causa, abundó, “queda constancia de que el acusado cumplió condena por tenencia ilícita de armas”. De hecho, “intentó venderles armas a otras personas e incluso les daba clases” para que aprendiesen a utilizarlas.

“Se veía capacitado” para ello, dijo el policía, y, “tal y como dijo un testigo”, incluso se fueron a un descampado a “pegar tiros”.

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Por último, otro de los indicios que apuntaba el redactor del informe en sus conclusiones es que “un testigo ubica a esa persona en el lugar de los hechos”.

Fue a raíz de un “reconocimiento fotográfico” que se hizo en el transcurso de las investigaciones y, aunque “con dudas”, ese testigo dijo que había visto al procesado “en el lugar y en el momento de los hechos”.

“Esos cuatro indicios” dan lugar “a la hipótesis que se apunta en mi informe”, concluyó el inspector jefe.

OTRA DECLARACIÓN LO INCRIMINA

En la jornada previa, un testigo afirmó que el procesado tenía armas en su poder y, además, que su cuñado -ya fallecido- le contó que Manuel Juan V.C le había propuesto participar en el asalto a la nave de O Ceao, donde fueron asesinados a tiros la cajera Elena López y el reponedor Esteban Carballedo.

Este testigo, quien en su momento supuestamente vinculó al acusado con el atraco en el Cash Récord, declaró en el juicio que conocía Manuel Juan V.C porque iba a comprar heroína al local que regentaba entonces en el casco histórico de la ciudad de Lugo.

Según su testimonio, uno de los días que fue a comprar droga, en compañía de su cuñado, vio que en la cocina del establecimiento había “varias pistolas en maletines negros”. Además, dijo que el acusado les preguntó si conocían a alguien que estuviese interesado en comprarlas e incluso fueron a probarlas a un descampado.

El testigo dijo, además, que su cuñado le había confesado en una ocasión que el acusado le había ofrecido participar en el asalto al Cash Récord, aunque también reconoció que no le había dado “más detalles” e incluso puso en su duda la credibilidad de sus palabras, porque “se las apuntaba todas”.

CONCLUSIONES

Está previsto que el juicio finalice mañana -jueves, 9 de febrero- con la declaración de otros once policías y la lectura de la declaración de un testigo ya fallecido. Posteriormente, serán interrogados cuatro peritos y se procederá a escuchar las conclusiones de las partes.

La Fiscalía no ha presentado cargos contra el acusado, pero la acusación particular, que representa a los familiares de las víctimas, pide para el procesado 28 años de cárcel, la pena máxima que puede solicitar con arreglo a las leyes en vigor en 1994.


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