Condenan a más de 11 años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de su sobrina menor en A Coruña: "Se fue obsesionando"

La Audiencia Provinicial le impone 15 años de alejamiento por los abusos continuados a la menor, que ocurrieron cuando tenía entre 10 y 12 años

Noela Bao

Audiencia Provincial de A Coruña

Redacción COPE Coruña

Coruña - Publicado el - Actualizado

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre a 11 años y 4 meses de prisión por abusar sexualmente, de forma continuada, de su sobrina menor de edad, así como por exhibirle material pornográfico.

Los hechos sucedieron entre 2019 y 2020, cuando la menor tenía entre 10 y 12 años. El tribunal considera acreditado que el acusado se aprovechó de su relación de confianza y de los momentos en los que se quedaba a solas con ella para llevar a cabo los abusos, conductas que admitió parcialmente durante la celebración del juicio.

La confesión del acusado

La Sala destaca en el fallo que el propio sospechoso "reconoció haber llevado a cabo la mayor parte de las conductas". De hecho, el condenado llegó a indicar durante la vista oral que "se fue obsesionando" con su sobrina para justificar sus actos.

Se fue obsesionando"

Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña

Un testimonio "sincero y consistente"

Los jueces han remarcado que la víctima ofreció un testimonio "sincero, consistente y persistente", y que en su relato no puede apreciarse "ni la existencia de contradicción alguna relevante ni la presencia de ningún móvil de venganza contra el procesado". Por ello, los magistrados afirman que su declaración puede ser considerada prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia.

PIXABAY

No obstante, la Sala señala que, más allá de la declaración de la menor, existen otras "corroboraciones periféricas" que respaldan la condena, así como diferentes pruebas que acreditan el impacto psicológico que los abusos han provocado en la víctima.

Todas las penas impuestas

Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado consignó parte de la indemnización. Se le ha impuesto la prohibición de acercarse o comunicarse con su sobrina durante 15 años, diez años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 30.000 euros por el daño moral causado.

La Sala también lo ha inhabilitado para trabajar con menores durante 16 años y 10 meses. La sentencia no es firme, ya que contra ella se puede presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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