El Constitucional sella el destino de la isla de Valdecañas y avala su demolición

El Alto Tribunal rechaza el último recurso de amparo de los ayuntamientos y confirma la orden de derribo del complejo turístico declarado ilegal

Vista aérea del complejo urbanístico construido en la isla de Valdecañas

Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el último recurso de amparo que quedaba pendiente contra la demolición del complejo turístico Isla de Valdecañas. La sentencia, con ponencia del magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, rechaza el recurso presentado por los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo, confirmando así la orden de derribo dictada por el Tribunal Supremo.

Este fallo se suma a otras dos desestimaciones previas sobre el mismo asunto. El Constitucional ya había rechazado los recursos de amparo interpuestos por la Junta de Extremadura en septiembre y por las comunidades de propietarios del complejo en octubre, cerrando definitivamente la vía legal para evitar la demolición.

Un largo camino judicial

La batalla legal por Valdecañas se remonta a 2011, cuando dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura anularon el proyecto urbanístico y ordenaron devolver los terrenos a su estado original. Esta decisión fue ratificada tres años más tarde por el Tribunal Supremo.

En 2021, en la fase de ejecución, el tribunal extremeño optó por una solución intermedia: ordenó demoler únicamente las estructuras no terminadas pero conservar el hotel, las viviendas, el campo de golf y otras instalaciones ya en funcionamiento. Sin embargo, el Tribunal Supremo revocó esta decisión en febrero de 2022, al considerar que no existían causas que justificaran la imposibilidad de ejecutar la demolición completa.

Los motivos del amparo desestimado

En su recurso, los ayuntamientos alegaban la vulneración de varios derechos fundamentales. Argumentaban una presunta admisión indebida del recurso de casación, la lesión del derecho a un proceso con todas las garantías y al juez imparcial, y una vulneración de la tutela judicial efectiva por dilaciones indebidas y un supuesto exceso de jurisdicción del Supremo. El Constitucional ha desestimado todos estos argumentos.

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