La Audiencia Nacional absuelve al exalcalde de Almendralejo Pepe García Lobato de la Púnica

El tribunal concluye que no hay pruebas de que García Lobato beneficiara a la empresa Cofely

Pepe García Lobato, exalcalde de Almendralejo

Pepe García Lobato, exalcalde de Almendralejo

Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el

1 min lectura

La Audiencia Nacional ha absuelto al exalcalde de Almendralejo José García Lobato de los delitos de revelación de información reservada, fraude a la Administración y prevaricación. Las acusaciones estaban relacionadas con el proceso de licitación de un contrato de eficiencia energética para el municipio en el marco de la trama Púnica.

La investigación se inició a raíz de la adjudicación de una auditoría energética en 2012 a la empresa Ilumiled. Esta firma subcontrató a su vez a Consultoría Lumínica, colaboradora habitual de Cofely, empresa interesada en la adjudicación final del contrato. La acusación sostenía que se filtró información de esta auditoría a Cofely para darle una ventaja competitiva. 

A pesar de que un correo electrónico demostró que Cofely preparó un borrador de los pliegos y se lo remitió a un intermediario, el tribunal considera que no ha quedado acreditado que el alcalde tuviera conocimiento de ello. Tampoco se ha probado que esos documentos fueran los que finalmente se publicaron en el perfil del contratante.

La Audiencia Nacional concluye que no existió un "concierto previo" entre el alcalde y Cofely para adjudicarle el contrato

La sentencia subraya que, tras el rechazo del informe de Ilumiled, los pliegos técnicos se basaron en una auditoría anterior, realizada por Electrofill en 2010.

Absolución por falta de pruebas

La Audiencia Nacional concluye que no existió un "concierto previo" entre el alcalde y Cofely para adjudicarle el contrato. Ninguno de los coacusados de la trama declaró que García Lobato prometiera la adjudicación, y el tribunal considera que el envío de información sobre las discrepancias de la auditoría a los consultores externos no es una prueba de concierto delictivo.

De hecho, la sentencia califica la filtración de inocua, ya que "ese traslado de información resultó inocuo porque la auditoría no se incorporó al expediente". El concurso público, al que se presentaron Cofely e IMESAPI, fue paralizado por la intervención policial en octubre de 2014, sin que las ofertas llegaran a ser valoradas.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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