El Ayuntamiento de Almendralejo tendrá que indemnizar a una concejala del PP a la que no se le permitió acceder a una plaza de socorrista

La sentencia señala que fue una decisión "arbitraria, injusta y carente de toda base legal”

La portavoz del PP, Adora Gutiérrez, y la concejala María de los Ángeles Fernández

La portavoz del PP, Adora Gutiérrez, y la concejala María de los Ángeles Fernández

Blas Sánchez

Almendralejo - Publicado el - Actualizado

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El Juzgado Contencioso-Administrativo de Mérida ha dado la razón a María de los Ángeles Fernández Díaz, concejala del Partido Popular en Almendralejo, que denunció un acto de “discriminación política”, al impedir el alcalde que accediera a una plaza para impartir el curso ‘Socorrismo en instalaciones acuáticas’. Así lo ha comunicado este miércoles el Partido Popular.

María Ángeles Fernández ya había desempeñado ese trabajo con anterioridad. La razón esgrimida por el alcalde, según apuntan los ‘populares’, es que debía renunciar a su acta de concejala en el Ayuntamiento de Almendralejo para acceder al empleo, “obviando el procedimiento reglamentario que exigía llevarlo a pleno”. Y es que, tras el proceso de captación y evaluación de perfiles profesionales, se propuso al órgano de contratación la adjudicación del servicio a María Angeles Fernández.

“Este es un atropello sin precedentes a los principios democráticos y a los derechos de una ciudadana de Almendralejo, solo por pertenecer al Partido Popular. La Justicia ha dejado claro que la decisión fue arbitraria, injusta y carente de toda base legal”, ha apuntado en rueda de prensa la portavoz local, Adora Gutiérrez, que ha estado acompañada por la afectada.

La sentencia anula la resolución que prohibía a Fernández Díaz acceder a la oferta de empleo, aunque, “lamentablemente”, la concejala ya no podrá desempeñar dicho empleo. “Esta situación evidencia el sectarismo intolerable de este equipo de gobierno, que penaliza y discrimina a los contrarios políticos y premia a los suyos".

En la sentencia se señala que no hay incompatibilidad porque el dinero de la contratación no procede de las arcas municipales, sino, en este caso, de la Junta de Extremadura (Sexpe). El juzgado condena al consistorio a indemnizar a la concejal con 10.750 euros, además de asumir las costas judiciales. Contra la sentencia no cabe recurso.

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