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Estos son los primeros pasos para darse de alta como autónomo

Descubre la mejor guía para darse de autónomo en este convulso 2021

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Ainhoa Clavel

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 15:29

El año 2021 está siendo un momento de cambios para muchas personas, y puede que tú hayas dado el paso de darte de alta como autónomo. Hoy queremos contarte todo lo que necesitas saber sobre este proceso, un poco lioso a veces, que incluye trámites con la Seguridad Social, con Hacienda y otras obligaciones legales.

Precisamente por la complejidad de estos primeros pasos, incluso de lo que conlleva estar atento a todas las responsabilidades fiscales posteriores, nosotros te recomendamos que contactes con una gestoría online. Hacer este camino (en ocasiones tan duro) acompañado de profesionales te permitirá centrarte en tus labores y delegar los trabajos asociados a la documentación.

GUÍA PARA DARSE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EN 2021

Comunicar a Hacienda nuestra actividad

El primer paso para empezar a facturar como autónomos será darnos de alta en Hacienda. Con el modelo 036 o el modelo 037 (una versión simplificada) podremos dar comienzo a nuestro trabajo.

Eso sí, es muy importante que hagas esto antes de arrancar tu negocio. Como decimos, el modelo 036 es un formulario básico con el que notificaremos a Hacienda nuestra intención. En él aparecen los datos personales básicos y debemos determinar la actividad profesional que vayamos a llevar a cabo en este nuevo proyecto. Además, en él se detallan los impuestos que se derivan de nuestro negocio.

En el caso del modelo 037 encontramos un formulario con algunas opciones menos que el anterior, pero igualmente válido. No solo se aplica al iniciar un trabajo como autónomo, también al cambiar nuestros datos o para darnos de baja. Al ser más sencillo, deben cumplirse algunos requisitos para poder tramitarlo:

  • Residir en España con DNI o NIF y actuar con tu nombre.
  • No ser considerado como gran empresa (más de 250 trabajadores).
  • Que el domicilio fiscal coincida con el de las gestiones administrativas.

De igual manera, hay algunas circunstancias que no nos permitirán optar por el modelo 037, como son:

  • Facturar sobre regímenes especiales de IVA, excepto el simplificado, el de agricultura, ganadería y pesca y el de Recargo de Equivalencia.
  • Estar inscrito en el régimen de devolución mensual de IVA.
  • Llevar a cabo ventas a distancia.
  • Realizar adquisiciones intracomunitarias de bienes previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Ser sujetos pasivos de Impuestos Especiales o del Impuesto sobre Primas de Seguros.

Cualquiera de estos dos documentos puede presentarse a través de internet si tenemos Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital vigente. De lo contrario, tendremos que acercarnos a una Delegación de la Agencia Tributaria con una copia impresa. Como ya te hemos recomendado anteriormente, lo mejor es dejar estos trámites en manos de una gestoría online para autónomos, que sabrán perfectamente qué modelo necesitas y cómo preparar los documentos.

Trámites en la Seguridad Social para ser autónomo

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En este caso se trata de presentar el alta en el RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos), algo que debemos hacer en los primeros 30 días desde que empecemos nuestra actividad. Se trata del modelo TA0521 y tiene una hoja simplificada para los autónomos generales, aunque cuenta con otras versiones: ? Socio de cooperativas, comunidades de bienes, sociedades mercantiles capitalistas, sociedades civiles, colectivas o comanditarias

  • Autónomos económicamente dependientes
  • Autónomo colaborador
  • Autónomo agrario
  • Religioso de la iglesia católica

Para completar este documento debemos rellenar nuestros datos personales e indicar nuestra actividad profesional a través de un código CNAE. A pesar de no ser la misma clasificación que en Hacienda, sí es muy parecida y no te será complicado encontrarla. Una vez señalado esto, tendremos que elegir la base de cotización como autónomo, sea máxima o mínima. De aquí se extraerán los importes futuros para bajas, jubilaciones, paro y demás; así que recuerda que puedes cambiar hasta cuatro veces al año tu base de cotización.

Por último, escogeremos la Mutua a la que tendremos acceso en caso de accidente laboral o incapacitación temporal, como cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Es importante elegir bien en este proceso, que tenga locales cerca y con trámites sencillos. De manera básica estaremos cotizando por Incapacidad Temporal (IT), algo que solo nos garantiza una prestación en caso de accidente laboral. Pero también podremos escoger entre AT + EP (Accidentes de Trabajo más Enfermedades Profesionales) o Cese de Actividad. En el primer caso tendremos una mayor prestación en el momento de darnos de baja, además de estar cubiertos ante la incapacidad parcial, total y permanente o el fallecimiento.

En cuanto a la cobertura por Cese de Actividad se trata de una prestación (el llamado “paro de los autónomos”) a la que tendríamos derecho si tuviésemos que abandonar el proyecto por causas ajenas. Como ya hemos comentado con la presentación en Hacienda, estos trámites pueden hacerse de manera online si contamos con certificado digital o estamos registrados en la Seguridad Social con un usuario y contraseña propios. Si no, tendremos que acercarnos a las oficinas más cercanas con nuestro DNI y una fotocopia, además del alta en Hacienda que hicimos antes.

Otros aspectos a tener en cuenta

Debes saber que, si es la primera vez que te das de alta como autónomo, disfrutarás de una tarifa plana durante los 12 meses iniciales de tu actividad. Según tus circunstancias, podrás acogerte a este beneficio que será un buen momento para impulsar tu negocio. Por otro lado, no te olvides de que trimestral y anualmente debes presentar tus liquidaciones de impuestos. Recuerda que no hacerlo o estar fuera de plazo significa incurrir en un delito fiscal, con su correspondiente multa y recargo económico sobre los mismos. Y, para terminar, ten en cuenta que si tu intención es tener un local físico abierto al público o contratar empleados, hay algunos trámites más a seguir. La licencia de apertura, dar de alta un centro de trabajo o a los trabajadores también es algo importante que no debes dejar atrás.

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