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El Pleno del Ayuntamiento de Alicante aprueba definitivamente la nueva normativa de los patinetes eléctricos

La Ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal entrará en vigor en el mes de agosto. Habrá 60 días de moratoria para que la conozcan los ciudadanos antes de empezar a sancionar

Votos a favor de la aprobación de la ordenanza (Ayuntamiento de Alicante)

Votos a favor de la aprobación de la ordenanza (Ayuntamiento de Alicante)

SAM

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:57

El Pleno del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado de forma definitiva la nueva regulación de la Ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y facilita la utilización de los patinetes eléctricos en Alicante. La nueva normativa establece la obligación de llevar casco, prohibe circular por la aceras y establece una velocidad máxima de 25 kilómetros horas.

La nueva norma aprobada entrará en vigor en agosto, una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) con una moratoria de 60 días -dos meses- en los que la Policía Local informará a los usuarios antes de poder imponer sanciones para facilitar su conocimiento. Las sanciones se dividirán en infracciones de carácter leve, con multas de hasta 100 euros; graves, que podrán sancionarse con multas de 101 a 200 euros y muy graves, con multas de 201 a 500 euros.

La propuesta ha contado con los votos a favor de PP, PSOE, C's y Vox, la abstención de los dos concejales de Compromis y el voto en contra de los otros dos de Unidas Podemos.

El concejal de Seguridad y Movilidad, José Ramón González, ha defendido la nueva regulación señalando que las aceras son para los peatones y que "los vehículos de movilidad personal deberán transitar por las calles de un carril y un sentido, las zona 30, ciclo-calles, calles a 30 kilómetros hora, carriles bici, pistas bici y sendas ciclables, quedando estipulado que laedad mínima permitida para conducirlos es de 16 años, salvo los que dispongan del correspondiente carné de ciclomotor”.

La nueva ordenanza también “facilita la ciudad 30 y garantiza una movilidad sostenible de la ciudadanía alternativa al vehículo de forma adaptada y más segura con los vehículos de movilidad personal haciéndola compatible con los diferentes usos de la vía pública”, ha añadido el edil.

Así, entre las novedades que establece esta ordenanza se estipula la obligación de llevar casco para circular con los patinetes además de portar timbre, luces delanteras y traseras, así como elementos reflectantes debidamente homologados, y el seguro de responsabilidad civil es recomendable.

La nueva norma divide los vehículos en dos tipos en función de sus características técnicas. En primer lugar están los de Tipo A, que son vehículos autoequilibrados, mono-ciclos, plataforma, y patinetes eléctricos ligeros, de menor tamaño, y están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y disponen de sistema de frenado.

Asimismo, los de Tipo B son vehículos autoequilibrados y patinetes eléctricos de mayor tamaño. Están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y también dispondrán de sistema de frenado.

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