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Confirmada la condena al estafador del Banco del Cielo que se hacía pasar por Dios o la Virgen

El tribunal rechaza el recurso del condenado que se aprovechó de las exageradas creencias religiosas de la víctima

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Redactora en COPE León

León

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09:37

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso presentado por un vecino de la capital leonesa y confirma la condena a siete años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de León tras haber cometido un delito continuado de estafa contra una mujer que le entregó un total de 286.692,20 euros, porque le hizo creer que enviaba sus ahorros a lo que denominó el Banco del Cielo.

El sujeto, que había sido vecino de la víctima y sus hijos, era conocedor, según recoge la sentencia, del estado mental de la mujer, de sus exageradas creencias religiosas que le hacían incluso considerarse santa. La víctima padecía una alteración en el contenido del pensamiento, en forma de ideación delirante místico-religiosa y megalomaníaca que alteraba en su totalidad su capacidad de juicio y decisión, pues la situaba fuera de la realidad.

El condenado, por hechos de se produjeron entre 2013 y 2019, le hizo creer que en el Banco del Cielo obtendría más rentabilidad que en los que tenía depositados sus ahorros y se podría construir una casa celestial junto a su madre y esposo (ambos fallecidos). La mujer llegó a creer los montajes que el individuo hacía en la tienda Naturapia C.B en la que figuraba como comunero y donde simulaba conversaciones con Dios, la Virgen María o con personas muertas. Además, la presionaba diciéndole que si contaba que le entregaba dinero mataría a sus hijos y desaparecerían las cantidades ya depositadas en el Banco del Cielo.

Cuando los familiares de la mujer descubrieron lo ocurrido consiguieron que ella, en diciembre de 2019, acudiese a la tienda y grabase una conversación con el hombre, que simulaba ser un ser celestial, cambiaba su voz y le decía, entre otras cosas, que no podría servir a quien no tenía dinero.

El tribunal rechaza el recurso en el que la representación legal del condenado argumentaba que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y que existía un error en la valoración de la prueba, por lo que reclamaba la revocación de la sentencia y la libre absolución de su cliente.


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