Sanidad
El Gobierno impone el toque de queda a La Palma, La Gomera y El Hierro
También lo tendrá Fuerteventura; todas ellas, en nivel 1 de alerta sanitaria
COPE TenerifeSanta Cruz de La Palma
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Actualizado 20:23
El Consejo de Gobierno ha acordado en la sesión extraordinaria celebrada este lunes, 1 de marzo, modificar varias medidas de prevención de la COVID-19 en Canarias contenidas en el Acuerdo de 19 de junio de 2020, en su mayoría referidas al nivel 1 de alerta.
Así, se limita la circulación de personas en horario nocturno entre las 00:00 y las 6:00 horas; se establece el cierre completo de los establecimientos de hostelería y restauración antes de las 00:00, y se autoriza la asistencia de público a los eventos deportivos no profesionales, profesionales y federados, sin superar un aforo máximo del 5 0% y siempre que se garantice la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros.
Con el acuerdo adoptado este lunes, las islas en nivel de alerta 1 (actualmente, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro) pasan de no tener limitada la circulación de personas en horario nocturno a quedar esta restringida durante la franja horaria comprendida entre las 00:00 y las 6:00 horas.
Este ajuste horario se traslada igualmente a la actividad de la hostelería y restauración en ese mismo nivel, para la que se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 00:00 horas, al tiempo que se ajusta el número de personas por grupo en función de si se encuentran en el exterior o en espacios interiores para los niveles de alerta 1 y 2, que quedará como sigue:
-Hasta el nivel de alerta 1, no se podrá superar el 75 % del aforo autorizado en los espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 10 personas en el exterior, 6 en espacios interiores y de 4 el grupo de clientes en barra. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 00.00 horas.
-En el nivel de alerta 2, no se podrá superar el 7 5% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 6 personas en el exterior, 4 en espacios interiores y de 2 el grupo de clientes en barra. No podrá prestarse el servicio de bufé o autoservicio en espacios interiores. Se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 23.00 horas.
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