• Sábado, 27 de abril 2024
  • ABC

COPE

Justicia

Un abogado gaditano logra tumbar el acuerdo entre Junta y sindicatos que consolidaba empleos eventuales

La sentencia afecta a 88,000 personas, muchas de las cuales se integran en la la Asociación Nacional de Interinos y Laborales presidida por Manuel Martos

Audio

Rubén López

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:31

La Justicia ha tumbado el acuerdo del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y las organizaciones sindicales por el que pactaron en diciembre de 2016 la consolidación de los puestos de trabajo de los empleados eventuales que atienden necesidades permanentes en los centros sanitarios  del SAS y los listados aprobados en cada uno de los hospitales públicos de Andalucía.

La sentencia afecta a unas 88,000 personas en toda Andalucía, de la cuales muchas se integran en la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL), entidad presidida por el abogado gaditano Manuel Martos que ha sido quién ha defendido el caso en los tribunales.

La asociación pedía la nulidad de esos acuerdos entre Junta de Andalucía y sindicatos por no ser ajustados al ordenamiento jurídico, ya que se discriminaba a los trabajadores eventuales de mayor antigüedad debido a un acuerdo de última hora en el que primaba tener un año y tres meses de trabajo. La asociación se muestra satisfecha con la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, número uno de Sevilla. Una Sentencia, contra la que cabe recurso ante el TSJA, pero que podría afectar -de ser firme- a todo el personal no fijo del SAS inscrito en la Bolsa de Empleo Público así como a toda la Oferta pública de empleo y convocatorias que se están desarrollando. 

Según la Magistrada Juez de dicho Juzgado, el pacto de estabilidad suscrito entre el SAS y los sindicatos: CCOO, UGT y FASPI incluía una medida que discriminaba a los trabajadores con mayor antigüedad en la bolsa del SAS, ya tuviesen el nombramiento de interinos en otras plazas o fuesen temporales eventuales, pero que no desempeñaban sus funciones en un mismo centro durante 12 meses o más en un  periodo acumulado de dos años. Entiende la Magistrada que dicho acuerdo debe declararse nulo al no respetar los principios de igualdad mérito y capacidad. 

Las posibles demandas por daños y perjuicios, además de afectar al SAS afectarán a los sindicatos, responsables solidarios de los daños económicos y sólo al SAS a los efectos de reconocimiento de tiempo de servicio. 

Con todo, la Junta de Andalucía ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo Poniendo las Calles

Poniendo las Calles

Con "El Pulpo"

Escuchar