• Domingo, 05 de mayo 2024
  • ABC

COPE

Noticias

CORONAVIRUS NAVARRA

Fiscalía avala las medidas restrictivas en Navarra, salvo el toque de queda

La Fiscalía de Navarra considera que deben autorizarse las medidas restrictivas contra la pandemia de covid-19 establecidas en la Orden Foral del pasado 9 de mayo, excepto la relativa al toque de queda de 23:00 a 6:00 horas, al considerar que no tiene cobertura legal suficiente tras el final del estado de alarma.,En la orden foral de la consejera de Salud, se mantiene el toque de queda nocturno en Navarra así como la limitación de reuniones en lugares públicos a un máxim

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 11:52

La Fiscalía de Navarra considera que deben autorizarse las medidas restrictivas contra la pandemia de covid-19 establecidas en la Orden Foral del pasado 9 de mayo, excepto la relativa al toque de queda de 23:00 a 6:00 horas, al considerar que no tiene cobertura legal suficiente tras el final del estado de alarma.

En la orden foral de la consejera de Salud, se mantiene el toque de queda nocturno en Navarra así como la limitación de reuniones en lugares públicos a un máximo de seis personas, salvo en el caso de convivientes, y en lugares de uso privado se limita a dos unidades convivenciales con el mismo límite de seis personas.

Al margen de estas dos medidas, se adoptan otras relativas fundamentalmente a limitaciones de aforos y horarios.

La Fiscalía destaca que el Gobierno de Navarra solicita la autorización una vez concluida la vigencia del estado de alarma y, por lo tanto, "en un nuevo marco jurídico, sin la cobertura legal que a determinadas limitaciones o restricciones de derechos fundamentales le daba esa legislación excepcional".

Para la Fiscalía, con el toque de queda se produce "un grado de afectación de la libertad de deambulación de tal intensidad" que solo puede tener cobertura legal a través de la legislación de excepción que supone el estado de alarma.

Respecto a las limitaciones a las reuniones de personas, la Fiscalía considera que las restricciones establecidas "no suponen propiamente una prohibición general del derecho de reunión en su acepción constitucional (agrupación o asociación de personas de forma transitoria), cuyo ejercicio como tal sigue vigente".

En consecuencia, entiende que "la medida acordada se revela necesaria y proporcionada para evitar o, en todo caso, minimizar los contagios, tanto en espacios públicos como privados donde las medidas de precaución se relajan todavía mas, propio de un entorno de confianza".

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La noche del Grupo Risa

David Miner, Óscar Blanco y Fernando Echeverría

Reproducir
Directo La noche del Grupo Risa

La noche del Grupo Risa

David Miner, Óscar Blanco y Fernando Echeverría

Escuchar