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Prisiones suspende conducciones ante la evolución del coronavirus COVID-19

La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias ha suspendido toda las conducciones de presos que no sean estrictamente necesarias ante la evolución de la pandemia por el coronavirus COVID-19. ,Así se lo ha comunicado a los directores de los centros en un escrito en el que recuerda las medidas que deben adoptar e incluye nuevas pautas. ,Entre ellas Instituciones Penitenciarias ha decidido suspender de forma temporal todas las conducciones de internos salvo aquellas f

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:25

La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias ha suspendido toda las conducciones de presos que no sean estrictamente necesarias ante la evolución de la pandemia por el coronavirus COVID-19.

Así se lo ha comunicado a los directores de los centros en un escrito en el que recuerda las medidas que deben adoptar e incluye nuevas pautas.

Entre ellas Instituciones Penitenciarias ha decidido suspender de forma temporal todas las conducciones de internos salvo aquellas fundamentadas en razones sanitarias, judiciales o de estricta necesidad, informa la Secretaría General.

No se incluyen en la suspensión los traslados que se deriven de progresiones o regresiones de grado que impliquen la semilibertad o el regreso al régimen ordinario.

Asimismo se ha decidido suspender las visitas al interior de los centros penitenciarios de investigadores, alumnos en prácticas y otras análogas.

Como ya se acordó en noviembre se deja en manos de las direcciones de los centros otras decisiones para evitar contagios del coronavirus en función de la situación epidemiológica de la comunidad autónoma o de la provincia en la que se encuentre cada prisión y en función de también de sus características.

Entre estas medidas que pudieran adoptarse se encuentra la suspensión de las comunicaciones especiales, es decir familiares, íntimas y de convivencia, y en casos extremos las ordinarias por locutorio.

Además, restringir o reducir la entrada de personal de entidades colaboradoras y organizaciones no gubernamentales (ONG) y de monitores de talleres para la actividad laboral, que deberán presentar justificante de no padecer la enfermedad.

También aplazar o suspender las salidas programadas de los internos previa comunicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria si hubieran sido autorizadas por este órgano.

Finalmente, suspender temporalmente las salidas regulares al exterior que prevé el reglamento penitenciario previa notificación al interno y comunicación al citado Juzgado.

Instituciones Penitenciarias, a través de su página web, www.iipp.es, ofrece a las familias información periódica y actualizada sobre las restricciones de comunicaciones en cada uno de los centros penitenciarios.

Para paliar estas restricciones la Secretaría General recuerda a las direcciones de los centros la necesidad de ampliar en la medida de lo posible el número de llamadas autorizadas e incrementar las vídeo-llamadas, en especial para aquellos internos que tras un ingreso procedente de libertad se encuentren en cuarentena sanitaria. EFE

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